Resolución Nro. 85 - COBRO DE TASAS RETRIBUTIVAS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS EMISION 2021.

EmisorA.T.M. - ADMINISTRACION TRIBUTARIA MENDOZA
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 22 DE DICIEMBRE DEL 2020

VISTO:

Los Artículos nros 293, 312 y concordantes del Código Fiscal (t.o. s/Dto. 1176/19 y modificatoria) y los Artículos 11 y 12 del Anexo de Tasas Retributivas de Servicios Administrativos de la Ley Impositiva Nº 9277, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 293 del Código aludido dispone que los servicios que presta la Administración Pública Provincial serán retribuibles, como así también aquellos prestados por sus reparticiones de cualquier tipo y naturaleza, entre ellas la Administración Tributaria Mendoza y, dicha retribución, se fija anualmente a través de la Ley Impositiva.

Que la Administración Tributaria Mendoza es partícipe activa de esfuerzos llevados adelante por el Gobierno Provincial poniendo al servicio de los contribuyentes y de la comunidad en general una gran cantidad de aplicativos en el portal de la Repartición tales como la gestión de trámites a distancia a través de la oficina virtual de la página de esta Repartición aprobado por la Resolución General A.T.M. N.º 15/20, complementado con otros servicios web como botón de pago, autoliquidación de planes de pago, de tasa de justicia (Tajus), de Impuestos de Sellos, la tramitación de planos por el NSIT, emisión de certificados catastrales, etc.

Que la Administración Tributaria Mendoza cuenta con un portal web de avanzada que le permite a los contribuyentes, a través de la oficina virtual con clave fiscal, la gestión de muchos trámites como la consulta de la cuenta corriente tributaria, detalles de los objetos imponibles sujetos a impuesto, pago de las obligaciones con tarjeta de débito o crédito, obtención de planes de pago, obtención de certificados de libre deuda, notificaciones de todos sus trámites, etc.

Que es incontrovertible la necesidad de ofrecer mayor cantidad de opciones al contribuyente para la obtención de boletos de pago y la posibilidad de oblar los mismos en forma no presencial, que permita el cumplimiento voluntario y al mismo tiempo propender al distanciamiento social establecido por la normativa nacional y provincial.

Que todas estas tareas necesarias para poner a disposición los boletos de pago de los impuestos patrimoniales generan erogaciones, las que tienen como presupuesto básico y fundamental asegurar el pago de los tributos provinciales, evitar y disminuir la morosidad, en especial de los mencionados tributos con el fin de fortalecer la recaudación y, dichos gastos, deben ser...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR