Resolución Nro. 80 - AJUSTE SANCION EDEMSA-CST 22º SEM.CONTROL ETAPA II
Emisor | E.P.R.E |
Fecha de la disposición | 19 de Mayo de 2021 |
MENDOZA, 19 DE MAYO DE 2021
VISTO:
El Expte. N° EX-2020-02468641-GDEMZA-EPRE#SSP caratulado “SANCIÓN A EDEMSA. ETAPA2. SEMESTRE 22. CALIDAD DE SERVICIO TÉCNICO”.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución EPRE Nº 148/ 2020 se aprobaron los valores correspondientes a las sanciones previstas en el punto 5.5.2 de las Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones del Contrato de Concesión, por apartamiento de los límites admisibles de Calidad de Servicio Técnico del 22º Semestre de Control -ETAPA II.
Que conforme la propia resolución señala en sus considerandos, en el cálculo presentado oportunamente por EDEMSA no se incorporaron 277 usuarios correspondientes a los alimentadores de MT Punta de Agua y Bardas Blancas.
Que en orden 13 EDEMSA da cumplimiento al emplazamiento formulado por la Gerencia Técnica del Suministro y adjunta en orden 14/15 el recálculo de la sanción semestral incluyendo las sanciones relacionadas con las líneas construidas por el Gobierno Provincial: LAMT Malargüe, Bardas Blancas, LAMT El Sosneado- Loma Amarilla y LAMT Punta del Agua Agua Escondida.
Que en orden 34, obra informe de la Gerencia Técnica del Suministro, el que una vez analizado y verificados los valores presentados por EDEMSA entiende que deben aceptarse los valores de Indicadores y Sanciones informados por la Distribuidora EDEMSA como “Revisión 03”.
Que en orden 19 la Gerencia Jurídica de la Regulación ha tomado la intervención correspondiente y entiende que la propuesta de la Gerencia Técnica del Suministro se ajusta a la normativa regulatoria vigente.
Por ello y lo dispuesto por el Art. 54 inc. o) de la Ley 6.497 su modificatoria, normas concordantes y complementarias,
El DIRECTORIO DEL
ENTE PROVINCIAL REGULADOR ELÉCTRICO
RESUELVE:
-
Aprobar el Ajuste del cálculo de la Sanción a EDEMSA por Apartamiento de los límites de Calidad de Servicio Técnico en concepto de “AJUSTE SANCIÓN 22º Semestre de Control-ETAPA II”, por incorporación de usuarios vinculados a líneas construidas por el Gobierno de la Provincia; por la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DOCE CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($...
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