Resolución Nro. 74 - EL EXPEDIENTE Nº 664-D-2016-00112 CARATULADO “NIETO NALLIM JUAN GONZALO C/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición28 de Mayo de 2018

MENDOZA, 28 de mayo de 2018

VISTO:

El expediente Nº 664-D-2016-00112 caratulado “NIETO NALLIM JUAN GONZALO C/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOSMARIO GOLDTEIN S.A.- VOLKSWAGEN ARGENTINA” en el cual obran las actuaciones sumariales contra MARIO GOLDTEIN S.A.C.I,, CUIT Nº 30-54527641-7, con domicilio legal en calle Mitre 521, Piso 2, Oficina 21/23, Ciudad, Mendoza, y contra VOLKSWAGEN SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS, CUIT Nº 30-56133268-8, con domicilio en calle Delcasse y Av. Henry Ford - Acceso por Portería 4 (B1610BKK), General Pacheco, Buenos Aires, y domicilio legal en Av. España 1057, Piso 5, Oficina 8, Ciudad, Mendoza y;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01 rola denuncia presentada por el Sr. NIETO NALLIM JUAN GONZALO, DNI Nº 30.735.767, con domicilio en Leonardo Murialdo nº 803, Villa Nueva, Guaymallén, Mendoza, contra MARIO GOLDTEIN S.A.C.I., CUIT Nº 30-54527641-7 y contra VOLKSWAGEN SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS, CUIT Nº 30-56133268-8, en virtud de haber contratado un plan de ahorro mediante el cual se pacta la entrega de un auto marca “Gol Power”, con la opción de cambio de modelo, conforme lo establecido en el artículo 4º inc. 1. del contrato suscripto por las partes, y en ocasión de hacer uso de esta facultad de cambio y solicitar el modelo “Fox Highline” con llantas de 16” pulgadas y techo eléctrico, que según lo publicitado en la página web de Volkswagen venían incluidas en dicho modelo, desde la concesionaria le informan que esas características son “opcionales” en la versión “Highline”, por lo cual para acceder a la unidad con dichas particularidades se debe abonar un adicional de Pesos Quince Mil con 00/100 ($15.000,00).

Que en las citadas actuaciones se presenta Goldstein a fs. 22/27 y expresa que no tiene obligación contractual de la entrega por lo que no responde por plazos y demoras.

Que a fs. 28 Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados manifiesta que una vez entregada la unidad, se procede a liquidar los intereses, y que no se encuentra obligada por las promociones realizadas por las concesionarias (art. 2 del contrato de suscripción).

Que a fs. 29/30 el denunciante se presenta y solicita la entrega inmediata conforme las condiciones pactadas, que se respete el valor de la unidad de 2015 y que se liquide los intereses por la demora.

Que a fs. 34 Goldstein reitera que no tiene obligación de entrega y que la unidad se encuentra a disposición por haberla remitido fábrica para su entrega, lo que se le comunica al denunciante (fs. 34 vta).

Que el denunciante a fs. 35 responde a los dichos de la concesionaria, expresando que posteriormente de haber sido anoticiado, asistió a la concesionaria, donde negaron que la unidad existiera.

Que en audiencia conciliatoria celebrada a fs. 40 a la cual comparece Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados, el Sr. Nieto solicita que se le informe si efectivamente se remitió la unidad en cuestión al concesionario, cuál era el valor al 2015 y copia de toda la documentación suscripta. Ante el requerimiento la denunciada solicita un plazo para contestar. En el mismo acto se emplaza...

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