Resolución Nro. 714 - CONSTITUCIÓN SERVIDUMBRE DE ACUEDUCTO CANAL VILA DPTO. SAN RAFAEL - D.G.I.

EmisorDepartamento General de Irrigacion
Fecha de la disposición15 de Septiembre de 2020

MENDOZA, 15 SEPTIEMBRE DE 2020

VISTO: El Expediente Nº 772.794-2 - Caratulado: “DEPARTAMENTO INGENIERIA – SUBDELEGACION DE AGUAS DEL RIO DIAMANTE S/CONSTITUCION DE SERVIDUMBRE DE ACUEDUCTO RESERVORIO CANAL VILA”; y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento General de Irrigación está desarrollando la Obra denominada “CONSTITUCION DE SERVIDUMBRE DE ACUEDUCTO CANAL VILA – DPTO. SAN RAFAEL – SUBDELEGACION DE AGUAS DEL RIO DIAMANTE”.

Que a fs. 1/2, el Departamento Ingeniería de la Subdelegación de Aguas del Rio Diamante, informa a fin de que se de inicio a las acciones de compra, expropiación o constitución de servidumbre de acueducto de una porción de terreno con una extensión de 5,5870 ha. ubicada dentro de una propiedad de mayor tamaño correspondiente a las Nomenclaturas Catastrales: 17-99-00-1900-470430-0000-1; 17-99-00-1900-490460-0000-4, 17-99-00-100-490420-0000-0, 17-99-00-1900-470450-0000-9 y 17-99-00-1900-480470-0000-7, según consta en Plano Nº 17/59449 de la Dirección Provincial de Catastro y del cual se adjunta copia. La propiedad en cuestión y según consta en el Registro de la Propiedad bajo la Matrícula Nº 46.315/17 – Asiento A-2. Se encuentra a nombre de Morillas, Germán D.N.I.Nº 33.767.718, Morillas, Graciana D.N.I. Nº 30.965.271 y Morillas María Emilia D.N.I. Nº 29.540.824. La solicitud realizada, se fundamenta en la necesidad de disponer de un espacio en la cabecera del Canal Villa, para la realización de un Reservorio de agua, condición indispensable para la implementación de un riego del tipo ACORDADO en el Canal Vila.

Que el D.G.I. viene trabajando fuertemente en la implementación de nuevos sistemas de distribución de agua, con la intención de flexibilizar la entrega, tendientes a atender la necesidad intrafinca (riego a la demanda o riego acordado), y no como en la actualidad donde son los usuarios se ven obligados a adaptarse a la entrega de agua (riego a la oferta), esto tiene por objeto mejorar las eficiencia en el uso del agua, lo que indefectiblemente debe ser afrontado, no solo para hacer frente al escenario del cambio climático, sino que también por el hecho de que Mendoza es un desierto y por tanto el agua es un bien escaso, en este sentido el DGI como administrador de este bien público, debe realizar todos los esfuerzos necesarios para la optimización del mismo.

Que el reservorio planteado, tiene por función compatibilizar las diferencias entre el agua conducida y entregada por el Canal Marginal Derecho y el agua consumida...

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