Resolución Nro. 7 - AUTOS Nª012-2018-OIAYEP DESIGNA DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

EmisorOFICINA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS Y ÉTICA PÚBLICA
Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2020

MENDOZA 01 DE SEPTIEMBRE DE 2.020

VISTO:

El trámite de estos autos Nª012-2018-OIAYEP y lo dispuesto por las Leyes de Ética pública N° 8993, de Acceso a la Información Pública Nª 9070, de Administración Financiera N° 8706 y de Presupuesto Provincial N° 9219 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley referida en los vistos crea la OFICINA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS Y ÉTICA PÚBLICA (OIAYEP) como órgano técnico e independiente, con autonomía funcional, financiera y presupuestaria.

Que la Resolución Nº 617 del año 2019 de la Honorable Cámara de Senadores aprueba el Presupuesto de la OIAYEP y forma parte integrante, en sus artículos 1, 2 y 3, de la ley de Presupuesto Provincial para el año en curso.

Que la Ley de Administración financiera rige los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control del Sector Publico Provincial y, en su art. 10, define que los servicios administrativos financieros dependerán del Director General de Administración de cada unidad organizativa y, en su art. 11, establece a éste como responsable ante el Tribunal de Cuentas por el control de legalidad del proceso de gasto desde su inicio hasta la emisión de la orden de pago o instrumento que lo reemplace.

Que el art. 27 apartado 11 de la ley Ley N° 8993, dispone que es competencia del Auditor reglamentar la estructura administrativa a su cargo fijando su organigrama.

Que dado el cúmulo de funciones, labores materiales y jurídicas que las Leyes 8993 y 9070 imponen a la repartición, resulta necesaria una estructura administrativa idónea para su cumplimiento

Que por Resolución N° 1 de la OIAYEP, se crea la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN delegando en la misma las funciones allí detalladas y definidas en la ley Administración Financiera Provincial. Por lo cual, resulta de imperioso poner en funciones a su director para cumplir con la autonomía funcional, financiera y presupuestaria requerida por la ley N° 8993.

Que atento a la reciente creación de esta de pendencia no se disponen de crédito presupuestario propio para cubrir el cargo referido y, que por art. 40 de la Ley N° 8993, permite el funcionamiento de la oficina con personal afectado de la Honorable Legislatura.

Que por Resolución N°614/2020 de la Presidencia de la Honorable Cámara de Senadores se afectó a esta Oficina al Lic. Leonardo David Gonzalez Luque.

Que reuniendo dicho profesional las condiciones para cubrir en el cargo en cuestión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR