Resolución Nro. 68 - “A.P. PERF., ESTIMULACIÓN Y OPERACIÓN POZOS EXPLORATORIOS ÁREA CAÑADÓN AMARILLO – YPF S.A.

EmisorDireccion de Proteccion Ambiental
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2019

Mendoza, 05 de Septiembre de 2019

VISTO el expediente Nº EX-2019-03770349-GDEMZA-DPA#SAYOT de la Dirección de Protección Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, caratulado: “A.P. Perf., estimulación y operación pozos exploratorios CAm.x-101(h); CAm.x-102(h); CAmN.x-101(h); CAmS.x-101(h); CAmS.x-102(h)” - Área Cañadón Amarillo – YPF S.A.

CONSIDERANDO:

Que la Ley 5961 en su Anexo I identifica los Proyecto de obras o actividades sometidas al proceso de evaluación de impacto ambiental por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia.

Que la evaluación ambiental de los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos compete a la Dirección de Protección Ambiental, dependiente de aquella (Resolución Nº 234/95 del Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Vivienda; Decreto 170/08).

Que el Decreto 248/2018, reglamenta las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos sobre formaciones no convencionales, conforme Titulo V y al Anexo I, punto I inciso 5 de la Ley 5961.

Que en el documento de orden 2 del expediente electrónico de referencia, consta la presentación de la Empresa PETROLERA YPF S.A. denominada “A.P. Perf., estimulación y operación pozos exploratoriosCAm.x-101(h); CAm.x-102(h); CAmN.x-101(h); CAmS.x-101(h); CAmS.x-102(h)” - Área Cañadón Amarillo – YPF S.A.

Que en el documento de orden 5 del expediente electrónico de referencia, consta el Informe Técnico N°776/2019, elaborado por el Área de Petróleo de la Dirección de Protección Ambiental, el que solicita dar inicio al procedimiento de evaluación ambiental al proyecto en estudio, y la correspondiente elaboración del Dictamen Técnico de la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo.

Por ello, y teniendo en cuenta lo informado por el Área Control Petróleo; la Ley 5961, Decreto 437/93, y Res. 589/2014

LA

DIRECTORA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º

Dar por iniciado el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto denominado “A.P. Perf., estimulación y operación pozos exploratorios CAm.x-101(h); CAm.x-102(h);CAmN.x-101(h); CAmS.x-101(h); CAmS.x-102(h)” - Área Cañadón Amarillo – YPF S.A. de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 5961 y Res. 589/2014 DPA.

ARTÍCULO 2º

Desígnese a la Facultad de Ingeniería de la UNCuyo para la realización de un “Relevamiento de Campo” y...

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