Resolución Nro. 65 - REALIZACIÓN DE ASAMBLEAS A DISTANCIA UTILIZANDO RECURSOS ELECTRÓNICOS EN COOPERATIVAS

EmisorDIRECCIÓN DE ASOCIATIVISMO Y COOPERATIVAS
Fecha de la disposición20 de Julio de 2020

MENDOZA, 20 DE JULIO DE 2020

VISTO Expte. Electrónico EX-2020-03144402-GDEMZA-DAYC#MEIYE, caratulado: “DIRECCION DE COOPERATIVAS SOBRE CONVOCATORIA A ASAMBLEAS DURANTE EL PERIODO DE AISLAMIENTO SOCIAL Y OBLIGATORIO”, y

CONSIDERANDO:

Que ante la situación actual generada en virtud de la pandemia de coronavirus (covid-19) que afecta al mundo, especialmente a nuestro País y particularmente a la provincia de Mendoza, es que se han dispuesto en general medidas sanitarias para resguardar la salud Pública, las cuales alteran la vida normal y cotidiana tanto de las personas humanas como jurídicas, que involucra indudablemente al sector cooperativo de Mendoza;

Que desde el estado provincial resulta necesario brindar herramientas idóneas tendientes a garantizar el normal funcionamiento de las entidades cooperativas, que por la actual prohibición de reuniones de personas debido al distanciamiento social obligatorio, están impedidas de celebrar asambleas sean ordinarias y/o extraordinarias;

Que en tal sentido, el Instituto Nacional de Economía Social (I.N.A.E.S.), en el marco de la Resolución Nº 358 de fecha 24 de junio de 2020, a dispuesto regular la celebración de asambleas en aquellas cooperativas que cuenten con la posibilidad de garantizar la participación del total de sus asociados a distancia, con las limitaciones dispuestas en dicha norma;

Que en ese orden de ideas y siendo la Dirección de Cooperativas autoridad de aplicación de las normas cooperativas en la provincia (Ley 5.316) corresponde disponer la vigencia en Mendoza de lo dispuesto por Resolución INAES. Nº...

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