Resolución Nro. 60 - INGRESO A LA DOCENCIA NIVEL INICIAL

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición 7 de Enero de 2021

MENDOZA, 07 DE ENERO DEL 2021

VISTO el EX-2020-06120157-GDEMZA-MESA#DGE, en el que se tramita el “Ingreso a la Docencia Nivel Inicial 2021”; y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente de referencia obra el ANEXO I (embebido) con el listado de cargos vacantes existentes de Maestros de Jardín de Infantes dependientes de la Dirección de Educación Inicial de la Dirección General de Escuelas;

Que las vacantes a que alude el considerando que precede, se producen del Movimiento Anual de Traslados Definitivos 2021, RESOL-2020-2332-E-GDEMZA-DGE y su modificatoria RESOL-2020-2464-E-GDEMZA-DGE;

Que de acuerdo con el Art. 35º - Ley N° 4934 “Estatuto del Docente” y Art 80º del Decreto Reglamentario N° 313/85, corresponde en este acto resguardar el 15% (quince por ciento) de las vacantes, destinadas a reincorporaciones y Traslados Interjurisdiccionales, las que figuran en el ANEXO II (embebido) del presente resolutivo;

Que corresponde convocar a Concurso de Ingreso a la Docencia en Nivel Inicial, en un todo de acuerdo con el Art. 36º, inc. e) de la Ley N° 4934 – Estatuto del Docente y sus concordantes del Decreto Reglamentario N° 313/85 y la Ley Nº 6929 de Incompatibilidad;

Que en orden al Ingreso a la Docencia, corresponde establecer que los aspirantes deben ajustarse a las condiciones generales y especiales establecidas en los Art. 16º y 56º de la Ley N° 4934 “Estatuto del Docente” y concordantes del Decreto Reglamentario N° 313/85;

Que la RIT-2019-2399-GDEMZA-DGE y su modificatoria RIT-2019-3542-GDEMZA-DGE, en concordancia con la Ley N° 9.031 y el Decreto N° 250/18, establecen categorías sobre las zonas escolares y plazos que deben cumplir los docentes en los cargos para poder realizar movimientos;

Que el Decreto N° 354/2000 establece en su Artículo 2do, punto 1.3 “En todos los casos en que figure en el Orden de Méritos que el aspirante posee un cargo titular o quince horas cátedras titulares en establecimientos del Estado Provincial, No podrá optar por otro cargo u horas cátedras en carácter de titular en el Concurso de Ingreso a la Titularidad en la Docencia, si no presenta la renuncia al cargo u horas cátedras titulares”;

Que los docentes de escuelas privadas y celadores que hayan obtenido título docente y posean un cargo titular podrán optar, siempre y cuando presenten al momento del ofrecimiento, la Renuncia a dicho cargo recibida y aceptada por autoridad competente y/o representante legal. De igual modo se procederá con los docentes contratados por un período de 5 (cinco) años o más;

Que atento a ello, la Dirección General de Escuelas convoca a Concurso de Ingreso a Titularidad, en los cargos de Maestros de Jardín de Infantes dependientes de la Dirección de Educación Inicial, a los aspirantes inscriptos para Ingreso a la Docencia 2021, previa determinación y afectación de los cargos vacantes y en un todo de acuerdo con el Orden de Méritos elaborado por la Junta Calificadora de Méritos de Nivel Inicial;

Que los postulantes al Concurso de Ingreso a la Docencia deberán presentar...

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