Resolución Nro. 60 - EE 2018-02595336-GDEMZA-FISCESTADO

EmisorFiscalia de Estado
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2018

MENDOZA, 20 de diciembre de 2018.

Visto el expediente N°EX-2018-02595336- -GDEMZA-FISCESTADO, por el cual se tramita la asignación del Suplemento por Subrogancia, asignación y modificación de adicionales, el reconocimiento de antigüedad, asignación del adicional por título y responsabilidad profesional para diversos agentes de Fiscalía de Estado de la Provincia de Mendoza, y;

CONSIDERANDO:

Que atento a las bajas por jubilación y por fallecimiento que se han producido a la fecha, de diferentes agentes de este Organismo de Control y Defensa de los Intereses del Estado, según lo dispuesto por las Resoluciones N° 005/18-F.E. y N° 010/18-F.E.,respectivamente.

Que tal situación hace necesario reasignar funciones y tareas a fin de mantener la operatividad y normal funcionamiento de las diferentes Direcciones y áreas de Fiscalía de Estado en el marco de las competencias que le otorgan el art. 177 de la Constitución Provincial y la Ley N° 728, entre otras normas vigentes.

Que en las citadas actuaciones se tramita la asignación de funciones con el correspondiente suplemento por Subrogancia previsto en el artículo 64 de la Ley N° 5.126 y modificatorias, así como también la asignación del adicional por Mayor Dedicación -MD- que establece el artículo 59 de la Ley N° 5.126 y sus modificatorias para diversos agentes que se desempeñan en este organismo de control.

Que asimismo en el expediente de referencia se tramita la incorporación al adicional por título secundario y título universitario (de 3 y 5 años) respectivamente de diferentes agentes que han acreditado los requisitos previstos en los artículos 51, 54 y 55 de la Ley N° 5.126, cuyos antecedentes y certificaciones corren agregados a orden nº 9/23, 36/37 y 46/50 respectivamente.

Que a orden 38 corren agregados los volantes de imputación preventiva de cargos correspondientes.

Que por otra parte corresponde el reconocimiento de antigüedad acreditada por el agente Sr. Walter Omar Enríquez, Legajo/CUIL Nº 20-12794931-0 de 12 (doce) años certificados en autos, que acumulados a la antigüedad de revista suman un total de 15 (quince) años a la fecha que deberán ser considerados para el cálculo del adicional por antigüedad y licencias respectivamente, según dictamen de orden n° 19, certificaciones que corren agregadas a orden n° 59, e informe de orden n° 62 de autos.

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