Resolución Nro. 59 - APROBACIÓN MAPA APÍCOLA

EmisorDIRECCION PROVINCIAL DE GANADERIA SEDE CENTRAL
Fecha de la disposición14 de Abril de 2021

GENERAL ALVEAR, 14 DE ABRIL DE 2021.

VISTO: El expediente EX–2021-02154069-GDEMZA-DPG-MEIYE, caratulados: “APROBACION MAPA APICOLA”, la Ley N° 6817, y su Decreto N° 1.219, mediante la cual se declara de interés Provincial a la Apicultura, y

CONSIDERANDO: Que la ley N° 6773 en su artículo 2, establece: “Serán de competencia exclusiva de la Dirección Provincial de Ganadería, las funciones estatales que se especifican a continuación:”, inciso f), “Fomento y contralor de la apicultura y sus industrias derivadas, siendo el organismo de aplicación de la ley de la provincia de Mendoza”.

Que la Ley N° 6817, en su artículo 1° “Declara de interés provincial a la apicultura”, y el Decreto N° 1219/03, en su artículo 1°, establece: “La Dirección Provincial de Ganadería ejercerá control del cumplimiento de lo dispuesto por la presente reglamentación en todo el territorio provincial, por sí o asistiendo a los organismos comunales, determinando los programas o sistemas de control en el ámbito de su competencia, y/o supervisando su ejecución. Asimismo, podrá dictar mediante resolución fundada, las normas complementarias y/o supletorias, que considere necesarias para optimizar la eficiencia de las acciones a realizar”.-

Que dada la situación actual, y siendo necesario tener registrado la ubicación de los apiarios, con el fin de identificar el área donde se encuentran, y así organizar la localización de los que soliciten su asentamiento, ya sea en forma transitoria o definitiva, para lo cual la distribución de colmenas tendrá en cuenta las variables de la época (polinización o mielada), área (cultivada, natural, urbana), etc.

Que en consecuencia, es necesario aprobar el mapa apícola que permita identificar la ubicación de los apiarios, a los fines de poder establecer un ordenamiento conforme a la normativa y a la realidad surgida al momento de autorizar el asentamiento de un nuevo apiario en el territorio de la provincia, siendo necesario, a su vez, aprobar la creación de un sistema administrativo- informático, que permita, no solo la registración de los apiarios en forma inicial, sino los ya radicados al momento de ponerse operativo el presente sistema.

Que en razón de la registración en el mapa apícola a aprobarse, se deberá tener actualizado el RUT-RENSPA, el cual en forma previa deberá ser puesto en conocimiento de la Dirección Provincial de Ganadería, para su autorización, como así también, el...

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