Resolución Nro. 575 - RESOL. 575-21 H.T.A. RENUNCIA A LA CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS DE LA PERFORACIÓN Nº 6/196

EmisorH.T.A. / H.C.A. - DEPARTAMENTO GENERAL DE IRRIGACIÓN
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2021

MENDOZA, 31 DE AGOSTO DE 2021

VISTO: Expte. nº 727.828 -3 caratulado Lombardo Maria X. p/Lombardo Francisco A. s/Cambio de titularidad y acumulado Expte. nº 25.365-E-8, y

CONSIDERANDO:

Que los presentes actuados vienen a este H.Tribunal Administrativo, a los efectos de considerar la solicitud de renuncia a la concesión de aguas subterráneas de la perforación nº 6/196, del Dto. Agrelo, Dpto. Luján de Cuyo, presentada por su titular a fs. 84 de autos, Sr. Francisco Antonio Lombardo, fundado en el hecho de que el predio donde asienta la misma se encuentra usurpado, solicitando además el cegado de dicha perforación por parte del Departamento General de Irrigación en el marco de la Resol. nº 450/19 del H.T.A. , para lo cual presta su expresa conformidad a fs. 85 de autos;

Que a fs. 87 acompaña boleto de pago nº 489775/2021 por el que acredita la cancelación del canon anual de aguas subterráneas, trámite por actuación administrativa y la acordada por anulación prevista en la Resol. nº 348/03 del H.T.A. y sus modificatorias; a fs. 88 constancia de publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia durante los días 10/06 y 14/06 del año 2.021, por los que informa sobre la renuncia de la concesión del pozo 6/196 para la toma de conocimiento de terceros que se pudieran ver afectados por dicha medida; a fs. 89/90 certificado de libre gravamen del inmueble donde asienta la perforación emitido por la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia, y a fs. 92 estado de cuenta del Organismo del que se desprende que la perforación nº 6/196 no registra deuda al 25/06/2021;

Que a fs. 98/99 obra informe producido por la Dirección de Gestión Hidrica, la que en base al acta de inspección que corre a fs. 97 indica que el predio donde asienta la perforación ha sido usurpado y en el mismo se han construido viviendas precarias, que el pozo ha quedado en el patio de una de las viviendas y sobre el mismo se ha colocado una losa de hormigón, quedando el antepozo sin rellenar y que el desagüe cloacal de la vivienda desagota en el mismo. Por otra parte, señala la citada Dirección, que en el relevamiento realizado el 09/12/2013 (fs.61/62) y acta de inspección nº 253 del 29/06/2015 (fs.67), ya se había constatado que la perforación nº 6/196 se encontraba fuera de uso, con losa de hormigón con una pequeña abertura por la que se verificó que no se encontraba equipado, ni cegado, y que ni el titular registral ni los usuarios han hecho uso del...

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