Resolución Nro. 525 - RECTIFICACIÓN DE EL ART. 1º DE LA RESOL. Nº 337/22 DEL H.T.A.

EmisorH.T.A. / H.C.A. - DEPARTAMENTO GENERAL DE IRRIGACIÓN
Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2022

Mendoza, 16 de Septiembre de 2022

VISTO: Informe In voce del Presidente del H.T.A., Tec. Agr. Gustavo Mauro Villegas sobre Inspección de Cauce La Junta, Coihueco y Sosneado; y

CONSIDERANDO:

Que los presentes actuados son remitidos a este H. Tribunal Administrativo a los efectos de rectificar el error material en uno de los códigos contables, del 3062 al 3068, que individualizan los derechos y/o permisos de uso de agua con competencia de la Inspección de Cauce de La Junta, Coihueco y Sosneado en el Art. 1° de la Resol. N° 337/22 del H.T.A.;

Que a fs. 15, el Departamento Registro Público informa que en su Art. 1° de la Resol. N° 337/22 del H.T.A., se dispuso que los códigos contables que empadronan derechos y/o permisos de uso de agua sobre los que tiene competencia funcional y territorial la Inspección de Cauce la Junta, Coihueco y Sosneado, sean unificados para delegar la competencia sobre la Subdelegación de Aguas del Rio Atuel, detallando el código contable N° 3062, dato que no es correcto, siendo el correspondiente el N° 3068. Asimismo, se expone que se ha dado cumplimiento a lo requerido unificando los códigos contables N° 6231, 3068 y 3071, en el código de Organismo N° 1711;

Por ello, en uso de sus facultades;

EL H. TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL

DEPARTAMENTO GENERAL DE IRRIGACIÓN

RESUELVE:

  1. Rectifíquese el art. 1° de la Resol. N° 337/22 del H.T.A, quedando su redacción de la siguiente manera: “Disponer que la Inspección de Cauce La Junta, Coihueco y Sosneado, con competencia funcional y territorial sobre los derechos de y/o permisos de uso de agua empadronados en los...

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