Resolución Nro. 51 - MODIFICACIÓN RESOL. N° 045-HYF-21 - FONDO ESTÍMULO DGCPYGB

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 7 de Abril de 2021

MENDOZA, 07 DE ABRIL DE 2021.

Visto el expediente Nº EX-2020-04200611--GDEMZA-DGADM#MHYF; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 045-HyF-21 cuya copia se encuentra agregada en el Orden N° 56 del expediente de referencia, se aprobó a partir de la entrada en vigencia de la mencionada Resolución, el Fondo Estímulo de la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes, establecido por los Artículos 108 y 109 de la Ley N° 8.009, será el equivalente de hasta el CUARENTA POR CIENTO (40 %) de la masa salarial anual, con un mínimo del TREINTA POR CIENTO (30 %), excluido el Sueldo Anual Complementario, ejecutado en el ejercicio anterior a la liquidación del mismo. Entiéndase por masa salarial anual, al total del costo salarial anual excluido el aguinaldo, conforme así lo dispone el Artículo 109 de la Ley N° 8.009.

Que en el Orden N° 72 del expediente Nº EX-2020-04200611--GDEMZA-DGADM#MHYF, la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes informa la necesidad de ampliar los rangos de las calificaciones previstas en el Artículo 8° de la Resolución N° 045-HyF-21, a efectos de evitar modificaciones significativas en el resultado final de las liquidaciones que correspondan al personal, conforme el rendimiento observado en su generalidad, en el último ejercicio y el primer trimestre del ejercicio del corriente año. Ello sin perjuicio, de lo que en definitiva corresponda determinar a partir de la entrada en vigencia de la citada Resolución, en función de las novedades que se registren en adelante en materia de calificación.

Que se considera pertinente lo observado por la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes, siendo necesario ampliar los rangos de la calificación prevista en el Artículo 8° según la Tabla respectiva incorporada en el Orden N° 72.

Por ello, de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio,

EL

MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º

Modifíquese el Artículo 8° de la Resolución N° 045-HyF de fecha 30 de marzo de 2021, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 8º - La calificación del personal comprendido será efectuada mensualmente, dentro de los diez (10) días hábiles del mes posterior al período que es objeto de evaluación, por el Director General y/o el Subdirector General de la DGCPyGB, utilizando los formularios que como Anexos I y II forman parte de la presente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR