Resolución Nro. 50 - REMATE CAPRINO

EmisorDIRECCION PROVINCIAL DE GANADERIA SEDE CENTRAL
Fecha de la disposición25 de Abril de 2018

Mendoza, 25 de Abril de 2018

VISTO: el expediente por secuestro de animales sueltos en la vía pública, expediente EX-2018-00847873-GDEMZA-DPG#MEIYE, en infracción ley 6773 (Ley provincial de ganadería art. 53 al 59 y 84. Causa policial 110/18), y

CONSIDERANDO: Que es objetivo de esta Dirección dar cumplimiento con la ley 6.773 de Ganadería en todos sus aspectos, y que al haberse cumplido los actos y plazos estipulados por dicha ley, en cuanto a los artículos mencionados, teniendo presente que el plazo de estadía de la hacienda desde el momento de ingreso al corral, establecido en el artículo 59, ha sido superado.

Por ello,

LA DIRECCION DE GANADERÍA

R E S U E L V E:

Artículo 1º

Llévese a subasta pública con base, al mejor postor y dinero efectivo un caprino hembra, pelaje overo blanco. .

Artículo 2º

Fíjese fecha de exhibición el día 02 de mayo de 2018 en sede del corral privado habilitado, sito en R.N. 146 esquina Maza, Colonia Elena, San Rafael, Mendoza. En horario de 10 a 12hs.

Artículo 3º

Fíjese fecha del remate el día 03 de mayo de 2018, a las 10 hs. en sede del corral privado habilitado, oportunamente citado. .

Artículo 4º

Desígnese a la Martillera Pública María Haydee Ciccioli, matrícula 2067. .

Artículo 5º

En dicho día, finalizado el remate el comprador deberá pagar en efectivo lo adquirido, el 10% de comisión al martillero designado y el valor de la hacienda adquirida, la que se aplicara a gastos y manutención del equino y flete si lo hubiere, conforme ley impositiva 9022, de existir saldo, el comprador deberá depositarlo en un código 148 y ser adjuntado al expediente al momento del retiro del animal. .

Artículo 6º

El comprador en caso de compra para terceros deberá denunciar en el acto de subasta para quién adquiere, bajo apercibimiento de tenerlo por comprador, el mismo dispone de 2 días corridos para cumplimentar todos los requisitos necesarios para obtener la autorización a retirar la hacienda. Los mencionados requisitos son: marca, libreta sanitaria (en caso de equinos) certificada por veterinario a elección, RENSPA (tramitado por SENASA), recibo de martillera/o, boleta del corral y código 148 (en caso de corresponder).

Artículo 7º

Superados los...

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