Resolución Nro. 48 - EX-2021-05272452

EmisorFONDO PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL CRECIMIENTO
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2021

MENDOZA, 18 DE NOVIEMBRE DE 2021

VISTO

El Expediente Electrónico Nº EX-2021-05272452, en el cual obra la elevación por parte de la Dirección Ejecutiva del Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio 2022 a efectos de su aprobación, y;

CONSIDERANDO

Que el artículo 5º inciso f) de la Ley Nº 6071 establece que la Autoridad de Aplicación destinará del Fondo de Financiamiento dinero para hacer frente a gastos de su propio funcionamiento;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley Nº 6071 modificado por el artículo 3º de la Ley Nº 6241, y el artículo 5º del Decreto Nº 347/94 y sus modificatorias, el Presupuesto General de Gastos y de Recursos debe ser confeccionado y/o reformulado por la autoridad de aplicación;

Que por imperio de esas mismas normas, del artículo 7º de la Ley Nº 7314 y de los art. 37, 40 y 42 de la Ley Nº 8706 dicho presupuesto también deberá ser sometido a la aprobación del Poder Ejecutivo, de la Comisión Bicameral de Control y Seguimiento creada por el artículo 21º de la Ley Nº 6071 y consolidado con el Presupuesto General del Gobierno de la Provincia de Mendoza;

Que por Decreto Provincial Nº 3802/2007 se creó en el ámbito de la Jurisdicción del Ministerio de Producción, Tecnología e Innovación la unidad organizativa: carácter 9; jurisdicción 07, Unidad Organizativa 01, Fondo para la Transformación y Crecimiento;

Que se considera apropiado el Presupuesto elaborado por la Dirección Ejecutiva, por cuanto responde a las necesidades del organismo para cumplir con su cometido en el próximo ejercicio.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA PROVINCIAL DEL FONDO

RESUELVE:

Artículo 1

Apruébese el Proyecto de Presupuesto General de Gastos y de Recursos para el Ejercicio 2022 de la Administradora Provincial del Fondo, del modo que se detalla en el Anexo I de la presente.

Artículo 2

Solicítese a la Dirección General de Presupuesto la aprobación presupuestaria precedente de acuerdo...

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