Resolución Nro. 4555 - EX-08522446- -GDEMZA-MESA#DGE

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2021

MENDOZA, 30 DE DICIEMBRE DE 2021.

VISTO EX-08522446- -GDEMZA-MESA#DGE, por el que se tramita la Convocatoria al Concurso de Ingreso a la Docencia de Maestro de Grado año 2022, de los Centros de Educación Básica de Jóvenes y Adultos; y

CONSIDERANDO:

Que las vacantes se producen del Movimiento Anual de Traslado año 2022, según la RESOL-2021-3468-E-GDEMZA-DGE;

Que las vacantes ofrecidas resultan del movimiento indicado y de las incorporadas en el período comprendido entre el 01 de julio y el 30 de noviembre de año 2021;

Que la Dirección General de Escuelas, convoca a Concurso de Ingreso a la docencia de Maestro de Grado año 2022 a los aspirantes inscriptos, previa determinación y afectación de los cargos vacantes y en un todo de acuerdo con el Orden de Mérito elaborado por la Junta Calificadora de Méritos de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;

Que los aspirantes deben ajustarse a las condiciones generales y especiales establecidas en la Ley Nº 6929 y en los Artículos 16 y 56 de la Ley Nº 4934- “Estatuto del Docente” y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 313/85;

Que de acuerdo con el Artículo 80 y 84 del Decreto Reglamentario Nº 313/85 del Estatuto del Docente, corresponde en este acto resguardar el 15% (quince por ciento) de las vacantes, destinadas a reincorporaciones;

Que si por razones de organización escolar (plantas funcionales), algún cargo de las vacantes declaradas no existiera, dentro de las atribuciones que determina la Ley, se efectuarán las rectificaciones correspondientes;

Que corresponde convocar a Concurso de Ingreso a la Docencia en Nivel Primario, Modalidad Jóvenes y Adultos, en un todo de acuerdo con la Ley 4934 “Estatuto del Docente” Artículo 36 inciso “e” y sus concordantes con el Decreto Reglamentario N° 313/85;

Que los postulantes al Ingreso a la Docencia deberán presentar toda la documentación reglamentaria indicada en el Anexo I de la presente resolución al momento de optar, bajo apercibimiento de no poder concursar, conforme lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 560/73 “Estatuto del Empleado Público” y el Decreto Nº 565/08 y sus modificaciones;

Que los antes mencionados participarán de acuerdo al Protocolo Sanitario vigente, según el ANEXO II que forma parte de la presente normativa;

Que el...

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