Resolución Nro. 40 - RECHAZO DE RECURSO DE REVOCATORIA POR EXTEMPORÁNEO

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición10 de Abril de 2017

MENDOZA, 10 de abril de 2017

VISTO:

El expediente Nº 9750-C-2010-01409, donde obran las actuaciones contra la firma S.E.T.E.L. de Roman Hector Omar, CUIT Nº 20-11524377-3, con domicilio en Salta nº 1516, Ciudad de Mendoza, y;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 24 se notifica al denunciante la Resolución Nº 548/2011, en fecha 29/6/2011, por medio de la cual se le impone una sanción de multa de $1.400 por la violación del art. 19º de la Ley 24.240.

Que a fs. 25 se presenta el denunciado, en fecha 15/07/2011, señalando que el lavarropas de la denunciante se encuentra reparado y en condiciones de ser retirado cuando lo deseara.

Que por el principio del informalismo a favor del administrado se debe tomar a dicha presentación como recurso de revocatoria.

Que desde el punto de vista formal, se advierte que el recurso no ha sido presentado dentro del plazo de 10 días que señala el art. 177 de la Ley Provincial Nº 3.909. Tampoco se observa el pago de la tasa retributiva correspondiente.

Que en razón de lo antes expuesto, considerando que lo argumentado por el denunciado no se encuentra acreditado en autos, y resulta por demás extemporáneo, esta Dirección considera que debe ser rechazado el recurso de revocatoria interpuesto, desde un punto de vista formal.

POR ELLO, LA DIRECTORA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR RESUELVE:

ARTICULO 1°

RECHACESE por extemporáneo el Recurso de Revocatoria interpuesto por la firma S.E.T.E.L. de Roman Hector Omar, CUIT Nº 20-11524377-3, en contra de la Resolución N° 548/2011 del 29 de junio del 2011, la que se mantiene en todas sus partes.

ARTÍCULO 2°

INTIMESE por la presente al pago de la multa, en la Cuenta Ley N° 5547, correspondiente al Código Tax 017- 925, el que deberá hacerse efectivo ante el Organismo Recaudador ATM en el plazo de DIEZ (10) DÍAS.

ARTICULO 3º

ACREDITESE el pago de la multa con la presentación correspondiente, en esta Dirección de Defensa del Consumidor, adjuntando copia del boleto correspondiente y exhibición del original.

ARTÍCULO 4º

INSCRÍBASE esta Resolución de sanción en el Registro de Sanciones de la Dirección de Defensa del...

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