Resolución Nro. 399 - 3104-D-2017-77762
Emisor | MINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES |
Fecha de la disposición | 11 de Febrero de 2020 |
MENDOZA, 11 DE FEBRERO DE 2020
Visto el expediente 3104-D-2017-77762, en el cual obran las actuaciones sumariales relacionadas con el sumario administrativo instruido oportunamente mediante la Resolución Nº 2594/17-MSDSyD, al agente Dn. ALEJANDRO JAVIER JIRALA, con funciones en la Dirección de Contingencia – Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio, por presunta transgresión a las disposiciones del Decreto-Ley Nº 560/73 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 2594/17-MSDSyD, se ordenó instruir sumario administrativo al agente Dn. ALEJANDRO JAVIER JIRALA, por presuntas transgresiones a las disposiciones de los Arts. 13 inc. b) y 14 incs. f) y l), en concordancia con lo establecido en los Arts. 66 y 67, todos del Decreto-Ley Nº 560/73 y modificatorios.
Que a fs. 26 la Instrucción Sumarial en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 2594/17-MSDSyD, ordenó practicar el sumario administrativo; reunir todas las pruebas necesarias a tal fin; proceder a la citación de personas para declaración indagatoria y realizar las providencias que considere necesarias para un mejor cometido.
Que a fs. 30 la Instrucción Sumarial dispuso citar al agente Alejandro Javier Jirala mediante Cédula de notificación, a fin de prestar declaración indagatoria, otorgar plazo de defensa y presentar la prueba de descargo que entienda conveniente.
Que a fs. 31 el agente Alejandro Javier Jirala manifiesta que hace uso del derecho de abstenerse a prestar declaración indagatoria, presentando a fs. 32/44 su descargo y solicita su sobreseimiento.
Que a fs. 51 y 52 obran Actas de Declaraciones Testimoniales de los agentes Franco Luciano Darneris y Mariano Gabriel Fernández, respectivamente.
Que a fs. 58 y vta. obra Acta de Declaración Testimonial del Dr. Emiliano Javier Leytes -Médico Psiquiatra-, quien manifestó que conoce al sumariado y que tiene una relación de Médico tratante. Asimismo declaró que el Sr. Alejandro Javier Jirala fue evaluado el 28 de julio de 2017 y se observó un retroceso en la evolución de su cuadro psicopatológico, trastorno de ansiedad generalizado (TAG), no encontrándose en condiciones de ejercer funciones laborales, por lo que se recomendó licencia laboral por treinta (30) días. El día 16 de agosto de 2017, se apreció una franca mejoría evolutiva, por lo que se recomendó alta médica laboral, al cumplirse el plazo recomendado.
Que a fs. 65/67 la Instrucción Sumarial concluye:
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