Resolución Nro. 39 - HABILITACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTIVIDADES DE LA D.P.J.

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2020

MENDOZA, 13 DE MAYO DE 2020

Visto la necesidad de normalizar la realización de trámites por parte de las personas jurídicas ante la autoridad de aplicación, atento las diversas medidas adoptadas como consecuencia de la pandemia de Coronavirus (Covid-19); y

CONSIDERANDO:

Que a raíz de la pandemia de coronavirus, a nivel nacional se ha ampliado, por DNU Nº 260/2020 la emergencia sanitaria declarada por Ley Nº 27.541;

Que en el ámbito de la Provincia se ha declarado la emergencia sanitaria, social, administrativa, económica y financiera por Decreto Nº 359/2020 y Decreto Acuerdo Nº 401/2020, posteriormente ratificados por Ley Nº 9220;

Que por Decreto Acuerdo Nº 384/2020 se dispuso la suspensión de los procedimientos y plazos administrativos hasta el 31 de marzo de 2020, siendo prorrogada tal medida por Decretos Acuerdo Nº 472/2020, 512/2020, 563/2020 y 612/2020 hasta el 24 de mayo de 2020;

Que el Decreto Nº 428/2020 dispuso asueto administrativo los días 20, 25, 26, 27 y 30 de marzo de 2020 y los Decretos Acuerdo 472/2020, 512/2020, 563/2020 y 612/2020 dispensaron al personal de la Administración Pública Provincial de concurrir a su lugar natural de trabajo;

Que a nivel nacional se han adoptado medidas de naturaleza afín, entre ellas el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesto por DNU Nº 297/2020 del 19 de marzo de 2020, 325 del 31 de marzo de 2020, 355 del 11 de abril de 2020, 408 del 26 de abril de 2020 y 459 del 10 de mayo de 2020 y sus normas complementarias;

Que en fecha 20 de Abril de 2020 fue dictado el Decreto 556/2020 por el cual se habilitó administrativamente el funcionamiento de la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de la Provincia limitado a ciertos y determinados trámites;

Que el artículo 6º del Decreto Acuerdo 612/2020 autoriza a los Ministros del Poder Ejecutivo en el ámbito de las competencias que les asigna la Ley Nº 9206, a adoptar todas aquellas medidas que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la normativa de emergencia dictadas a nivel nacional y provincial;

Que en este marco, resulta necesario disponer las medidas necesarias para el funcionamiento de la Dirección de Personas Jurídicas en los términos de la Ley Nº 9002, ello a...

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