Resolución Nro. 3777 - FUNCIONES DE INTÉRPRETE DE LENGUA DE SEÑAS

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición22 de Noviembre de 2019

MENDOZA, 22 DE NOVIEMBRE DE 2019.

VISTO el EX-2019-06517294-GDEMZA-MESA# DGE, caratulado: S/FUNCIONES DE LOS INTERPRETES DE LENGUA DE SEÑAS EN ESCUELAS DEPENDIENTES DE LA DGE; y

CONSIDERANDO:

Que el expediente de referencia tramita la necesidad manifestada por diferentes sectores educativos de regular las funciones y responsabilidades de los Interpretes de Lengua de Señas Argentinas en su accionar en las Escuelas dependientes de la Dirección General de Escuelas;

Que en la Convención Internacional de los Derechos de las personas con discapacidad que fue promulgada como Ley Nacional Nº 26.378 que en su Artículo 21 establece que se: “…adoptarán las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad puedan ejercer el derecho a la libertad de expresión y opinión…” mediante cualquier forma de comunicación que elijan…” entre ellas, en el inciso e) Reconocer y promover la utilización de la Lengua de Señas para los estudiantes que la utilicen;

Que en el Artículo 24 de la citada Ley dicha Convención los estados partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, en el Punto 3 inc. b) Facilitar el aprendizaje de la lengua de señas y la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas;

Que en el ANEXO I -apartado 2- de la Resolución N° 155-CFE-11 especifica que: “Para dar cumplimiento al Capítulo VIII de la Ley Nº 26.206, los Ministerios de Educación Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, junto al Ministerio Nacional a través de la Coordinación Nacional, se comprometen de manera progresiva, a partir del año 2012”, a orientar para que las estrategias pedagógicas de abordaje de los contenidos pertinentes a los niveles del Sistema Educativo respeten los tiempos, espacios y lenguas necesarios que requieran los/as alumnos/as con discapacidad;

Que en el ANEXO III de la Resolución N° 311-CFE-16 del Consejo Federal de Educación explica la necesidad de especificar el grado de intermediación de la Lengua de Señas Argentina (LSA), junto a los contenidos del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR