Resolución Nro. 3681 - REGLAMENTO ABANDERADOS Y ESCOLTAS 2020

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición15 de Noviembre de 2019

VISTO el EX-2019-06426323-GDEMZA-MESA#DGE, en el que se tramita la ELECCIÓN DE ABANDERADOS Y ESCOLTAS DE NIVEL PRIMARIO 2020; y

CONSIDERANDO

Que en la Resolución Nº 00681-DGE-2012, Resolución Nº 01155-DGE-2016 y Resolución N° 00444-DGE- de fecha 04 de abril de 2013 (Unidad Pedagógica entre el primer y segundo grado de escuelas primarias), la Dirección General de Escuelas introdujo modificaciones al régimen de evaluación, promoción y acreditación en las escuelas públicas de gestión estatal y privada, dependientes de la Dirección de Educación Primaria y de la Dirección de Educación Privada respectivamente;

Que dichas modificaciones exigen la adecuación del Reglamento para la elección de Abanderados/as y Escoltas de la Bandera Nacional y Bandera de la Provincia de Mendoza vigente a la fecha;

Que el proceso de elección del cual resulten los alumnos portadores de estos símbolos debe contemplar esencialmente el esfuerzo personal sostenido durante el recorrido por los grados del Nivel Primario y las oportunidades en el acompañamiento a las trayectorias, complementado con el apoyo brindado por la familia;

Que la evaluación del proceso educativo debe ser reconocido con un criterio de amplitud que abarque las instancias de evaluación de proceso y también los resultados finales en cada año escolar, según normativa vigente y/o jurisdiccional;

Que históricamente, los aspirantes a Abanderados/as y Escoltas han sido los alumnos promovidos al año terminal del nivel, puesto que es el que determina su finalización y la escolaridad obligatoria de Nivel Primario;

Por ello,

EL

DIRECTOR GENERAL DE ESCUELAS

R E S U E L V E:

Artículo 1

ro.- Deróguese toda norma que se oponga a la presente.

Artículo 2

do.- Apruébese el reglamento para la elección de abanderados/as y escoltas de la Bandera Nacional y de la Bandera de la Provincia de Mendoza, destinado a Escuelas de Educación Primaria de Modalidad Común, de gestión estatal y privada, que obra como Anexo Único de la presente Resolución.

Artículo 3

ro.- Dispóngase que el mencionado Reglamento contemple a los alumnos de Nivel Primario.

Artículo 4

to.- Establézcase que serán aspirantes en las escuelas públicas de gestión estatal y privada los alumnos que cursen el 6° grado en escuelas de...

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