Resolución Nro. 3370 - CONVOCATORIA AL CONCURSO DE INGRESO A LA DOCENCIA DE MAESTRO DE GRADO (CEBJA)

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 30 DE DICEMBRE DE 2020

VISTO el EX-2020-06117595-GDEMZA-MESA#DGE, por el que se tramita la Convocatoria al Concurso de Ingreso a la Docencia de Maestro de Grado 2021, de los Centros de Educación Básica de Jóvenes y Adultos; y

CONSIDERANDO:

Que las vacantes ofrecidas resultan del movimiento indicado y de las incorporadas en el período comprendido entre el 01 de junio y el 30 de noviembre de 2020;

Que los aspirantes deben ajustarse a las condiciones generales y especiales establecidas en la Ley Nº 6929 y en los Artículos 16º y 56º de la Ley Nº 4934- “Estatuto del Docente” y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 313/85;

Que la Dirección General de Escuelas, convoca a Concurso de Ingreso a la docencia de Maestro de Grado 2021 a los aspirantes inscriptos, previa determinación y afectación de los cargos vacantes y en un todo de acuerdo con el Orden de Mérito elaborado por la Junta Calificadora de Méritos de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;

Que de acuerdo con el Artículo 80º del Decreto Reglamentario Nº 313/85 del Estatuto del docente, corresponde en este acto resguardar el 15% (quince por ciento) de las vacantes, destinadas a reincorporaciones;

Que los postulantes al Ingreso a la Docencia deberán presentar toda la documentación reglamentaria indicada en el Anexo I de la presente resolución al momento de optar, bajo apercibimiento de no poder concursar, conforme lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 560/73 “Estatuto del Empleado Público “y el Decreto Nº 565/08 y sus modificaciones;

Que en virtud de priorizar la Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes declarados en Ley N° 26061, así como también los derechos de quienes se encuentran en situación de Violencia de Género, resguardados por Ley N° 26485; la Dirección General de Escuelas, a través de las Juntas Calificadoras intervinientes darán prioridad a las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad, debidamente certificada por el Juzgado correspondiente u Oficina Fiscal, quienes concursarán de manera individual por plataforma virtual previo al concurso general;

Que según Anexo II denominado “Protocolo Sanitario” se dará lectura al Orden de Mérito y las medidas de cuidado y protección establecidas;

Que en orden 4 rola proyecto de resolución;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE ESCUELAS

R E S U E L V E:

Artículo 1

ro.- Convóquese a...

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