Resolución Nro. 3299 - EX-2018-02468166—GDEMZA-SDFYH#MSDSYD

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 30 DE DICIEMBRE DE 2020

Visto el expediente EX-2018-02468166—GDEMZA-SDFYH#MSDSYD, en el cual se solicita rectificar la parte pertinente de la Resolución Nº 534 de fecha 17 de febrero de 2020, mediante la cual se admitió formalmente y rechazó sustancialmente, el recurso de reconsideración interpuesto por el Dr. AUGUSTO BOSSHARDT en representación del establecimiento denominado “CLÍNICA FRANCESA”, sita en calle Ejército de los Andes Nº 1696 – Departamento Guaymallén, Mendoza, propiedad de la firma C.F.T.M. S.R.L.., CUIT Nº 33-69957299-9; y

CONSIDERANDO:

Que en el Considerando de la citada norma legal, se excluyó erróneamente la multa de PESOS DIECISEIS MIL ($ 16.000,00), tal como se detalla en el informe obrante en orden 56 del expediente de referencia;

Que corresponde rectificar la mencionada resolución, en los términos de los Arts. 77 y 78 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 9003;

Por ello, en razón del pedido formulado y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada,

LA MINISTRA DE SALUD,

DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES

R E S U E L V E:

Artículo 1°

Rectificar el Considerando de la Resolución Nº 534 de fecha 17 de febrero de 2020, en los siguientes términos:

DONDE DICE:

Que por Resolución Nº 2416/19 se aplicó a la Clínica Francesa, propiedad de la firma C.F.T.M. S.R.L., CUIT Nº 33-69957299-9, la multa de pesos veinticuatro mil ($ 24.000,00), de conformidad a lo establecido en la Resolución Nº 507/10, Art. 2º y Anexo II (Cláusula de Infracción)y en la Resolución Nº...

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