Resolución Nro. 3298 - EX-2020-05921080--GDEMZA-MESA#DGE CALENDARIO ESCOLAR AÑO 2021

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 18 DE DICIEMBRE DE 2020

VISTO el EX-2020-05921080--GDEMZA-MESA#DGE, mediante el que se tramita la resolución para el Calendario Escolar año 2021; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 establece en su artículo 12° que: “El Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de manera concertada y concurrente, son los responsables de la planificación, organización, supervisión y financiación del Sistema Educativo…”;

Que la Ley Nacional de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Nº 26.061, determina en su artículo 5° la responsabilidad indelegable de los organismos del Estado de establecer, controlar y garantizar el cumplimiento de las políticas públicas y que tanto en la formulación como prestación de las mismas, es prioritario para los organismos estatales mantener siempre presente el interés superior de las personas sujetos de dicha ley y la asignación privilegiada de los recursos públicos que las garanticen;

Que el artículo 1° de la Ley Nº 25.864, establece que se debe garantizar un mínimo de ciento ochenta (180) días de clases en todas las Modalidades y Niveles y las Resoluciones Nº 94-CFE-10 y Nº 165-CFE-11, emitidas por el Consejo Federal de Educación, establecen que las jurisdicciones confeccionarán los calendarios escolares superando el mínimo de ciento ochenta días de clases a partir del Ciclo Lectivo 2011, con el objeto de alcanzar la meta de ciento noventa (190) días de clase;

Que el artículo 10° de la Resolución Nº 94-CFE-2010 del Consejo Federal de Educación, explicita expresamente que las jurisdicciones desarrollarán medidas para disminuir el ausentismo de los alumnos y docentes;

Que el Gobierno Escolar entiende que el incremento de días efectivos de clase para los alumnos implica una escuela más centrada en los procesos de aprendizaje, lo cual es una condición indispensable para lograr una educación de calidad;

Que la Dirección General de Escuelas debe asegurar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar en todo el territorio provincial, a través de diversas alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad equivalentes en todas las situaciones...

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