Resolución Nro. 3159 - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición10 de Diciembre de 2018

MENDOZA, 10 DE DICIEMBRE DE 2018

Visto el expediente 901-D-17-77746 y su acumulado 723-D-18-77770, en el cual la Sra. Mirta Gladys Mercado, CUIT Nº 27-13035767-4, interpone recurso de reconsideración contra la Resolución Nº 1281/18; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 1281/18 se ordenó la clausura total del establecimiento denominado “GERIÁTRICO NUESTRO HOGAR”, sito en calle Norton Nº 516, Departamento Luján de Cuyo, Mendoza, de conformidad con lo establecido en el Art. 16 de la Ley Nº 5532 y Decreto Reglamentario Nº 3016/92 y se aplicó a la Sra. Mirta Gladys Mercado, en su carácter de propietaria del establecimiento citado, la sanción de multa equivalente a U.T. Seis Mil (U.T. 6.000);

Que a fs. 3 del expediente 723-D-18-77770 la recurrente solicita la suspensión de la ejecución del acto administrativo;

Que prima facie no se ha alegado verosímilmente un vicio grave o grosero en el acto impugnado y además, la normativa aplicable al caso dispone que no procede la suspensión del acto cuando la autoridad constate que hay necesidad impostergable de ejecutarlo. En el caso de marras, la inactividad estatal podría acarrear iguales o mayores daños a terceros o al interés público;

Que en las actuaciones acumuladas obran a fs. 12/19 numerosas inspecciones realizadas por la Subdirección de Fiscalización y Habilitaciones, donde se observan serias irregularidades que fueran constatadas en el establecimiento y que dan cuenta de la grave situación en que se encuentran sus residentes; considerándose en consecuencia que el establecimiento posee precarias y riesgosas condiciones habitacionales;

Que lo expuesto no sólo justifica el rechazo del pedido de suspensión de ejecución del acto administrativo, sino que además implica la necesidad, por parte del Estado, de actuar con la mayor premura posible en la clausura del establecimiento y el debido resguardo de los residentes, quienes deberán ser protegidos por el Ministerio, a fin...

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