Resolución Nro. 3 - RESOLUCIÓN Nº03/2017

EmisorCOLEGIO DE CORREDORES PUBLICOS INMOBILIARIOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
Fecha de la disposición 8 de Junio de 2017

08 de junio de 2.017

VISTO:

Que a los fines de mejorar los niveles de cobranza e incentivar al matriculado al pago en término de la cuota, resulta conveniente y necesario, determinar una tasa de interés para aquellas obligaciones mensuales a cargo de los matriculados que se encuentren en mora en el cumplimiento por tres o más cuotas mensuales, ello teniendo en cuenta que la cuota periódica es el principal recurso con el que cuenta el Colegio para su funcionamiento conforme lo establecido en el art. 6 inc b) y que es obligación de los matriculados conforme lo dispuesto en el 16 inc. a) mantener al día sus obligaciones con el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios y que el art. 16 bis de la ley 7372 (texto según ley 8227) establece que la cuota será abonada por todos los colegiados entre el uno y diez (10) de cada mes.

POR ELLO

POR ELLO EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE CORREDORES PÚBLICOS INMOBILIARIOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA;HACIENDO USO DE LAS FACULTADES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 36 DE LA LEY 7372;

RESUELVE:

ARTICULO 1°

Determinar la tasa aplicable para las obligaciones mensuales a cargo de los matriculados que se encuentren en mora en el cumplimiento por tres o más periodos en...

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