Resolución Nro. 299 - EX-2018-04335440-GDEMZA-INSPE#MGTYJ CARATULADO “ACTA C 3641 ESTILO 83 S.A”

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2022

MENDOZA, 19 DE SEPTIEMBRE DE 2022

VISTO:

El expediente EX-2018-04335440-GDEMZA-INSPE#MGTYJ caratulado “Acta C 3641 Estilo 83 S.A” en el cual obran las actuaciones sumariales contra la firma “ESTILO 83 S.A”, CUIT 30-71325390-8, con nombre de fantasía “Rip Curl”, y domicilio en calle Las Cañas Nº 1833 (La Barraca Mall) Local 32-33, Guaymallén (5519), Mendoza, y;

CONSIDERANDO:

Que a orden nº 2, según documento electrónico (en adelante D.E.) ACTA-2018-04335285-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, rola Acta de Infracción serie “C” Nº 3641 labrada en fecha 11 de diciembre de 2018, contra la firma “ESTILO 83 S.A”, CUIT 30-71325390-8, por exhibir el Libro de Quejas rubricado por la Dirección de Defensa del Consumidor con su habilitación vencida desde el día 22/05/2018 (Resolución Nº 13/2014 D.D.C.).

Que la firma infraccionada no presenta descargo, ni aporta prueba alguna que permita desvirtuar la imputación que pesa en su contra.

Que, es importante destacar que la obligatoriedad de contar con un Libro de Quejas rubricado por esta Dirección proviene de la Resolución Nº 158/2013, la cual estuvo vigente durante el año 2013, hasta octubre del año 2014. Luego dicha norma se sustituye por la Resolución Nº 13/2014, dictada por esta Dirección de Defensa del Consumidor, la cual se mantuvo vigente desde el día 15/10/2014 hasta el día 11/01/2019.

Que la Resolución Nº 13/2014 D.D.C. se reemplaza por la Resolución Nº 5/2019 D.D.C., encontrándose ésta vigente desde el día 12/01/2019.

Que por su parte el artículo 6º de la mencionada Resolución consagra que “El Libro de Quejas deberá ser habilitado por esta Autoridad de Aplicación, mediante la verificación de la foliatura de sus hojas y la rúbrica del/la Director/a de esta Autoridad de Aplicación, en la primera y última hoja del mismo con indicación de la fecha, todo, previo pago del canon correspondiente fijado por la Ley Impositiva del año en curso. La nueva homologación corresponderá una vez agotadas todas las hojas del “Libro de Quejas de Defensa del Consumidor”...”

Que consultada la Base de Datos de esta Dirección (www.dconsumidor.mendoza.gov.ar), surge que la firma “ESTILO 83 S.A”, CUIT 30-71325390-8, no tramitó la renovación del Libro de Quejas frente a esta Dirección de Defensa del Consumidor, lo que permite tener por configurada y firme la imputación de autos.

Que configurada la imputación...

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