Resolución Nro. 278 - HONORABLE CONSEJO ADMINISTRATIVO S/CURADORES DE INMUEBLES

EmisorHONORABLE CONSEJO ADMINISTRATIVO - DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELAS
Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2020

VISTO:

El EX-2020-04677545-GDEMZA-MESA#DGE caratulado: “Honorable Consejo Administrativo S/ Curadores Inmuebles” y la necesidad de mantener actualizado el nombramiento de Curadores para propiedades de la DGE, y;

CONSIDERANDO:

Que por donaciones o por herencias vacantes la Dirección General de Escuelas cuenta con propiedades inmuebles y terrenos;

Que para la regularización del dominio de las propiedades mencionas se inicia un trámite administrativo según determina la legislación vigente;

Que intertanto se finalizan los trámites de escrituración se hace necesario un seguimiento de estado de situación de los mismos y de igual manera verificar el estado y conservación de los bienes;

Que a los fines mencionados en el párrafo precedente se hace necesario nombrar los curadores de bienes, representantes del organismo estatal encargado de recibir los bienes conforme lo indica el Art. 320 Inc. III del C.P.C. de nuestra provincia y el Art. 2441 in fine del C.C. y C.;

Que serán funciones del curador ejercer activa y pasivamente los derechos hereditarios, conforme lo expresa el Art. 2442 del C. C. y C; recibir los bienes bajo inventario, proceder al pago de las deudas y legados, previa autorización judicial;

Que los curadores designados deben ser personas legalmente responsables, idóneos a las actuaciones que deberán llevar adelante;

Que es competencia del Honorable Consejo Administrativo de la Enseñanza Pública según lo dispone la Constitución Provincial tiene a su cargo, el seguimiento y control de las herencias vacantes y donación de inmuebles recibidos por la DGE;

Que son atribuciones del Cuerpo Colegiado la designación orgánica de los Curadores para los casos que nos ocupan;

Que los curadores designados deberán dentro de las responsabilidades que se les delegan realizar un seguimiento sobre la prosecución de trámites administrativos, mantenimiento y uso de las propiedades;

Por ello y en uso de sus facultades;

EL HONORABLE CONSEJO ADMINISTRATIVO DE LA

ENSEÑANZA PUBLICA

R E S U E L V E:

ART.1º: DETERMINESE que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General de Escuelas deberá enviar al Honorable Consejo Administrativo de la Enseñanza Pública una nómina de posibles curadores cuya experticia permita defender los...

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