Resolución Nro. 2709 - DEJAR SIN EFECTO LO DISPUESTO EN EL ART. 1º DE LA RES. Nº 713/20
Emisor | MINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES |
Fecha de la disposición | 18 de Noviembre de 2020 |
MENDOZA, 18 DE NOVIEMBRE DE 2020
Visto el EX-2020-05353530- -GDEMZA-DRRHH#MSDSYD, la declaración de “Emergencia Sanitaria” dispuesta por Decreto-Acuerdo Nº 359/20 y concordantes y los Decretos-Acuerdo Nº 390/20 y Nº 384/20; y
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado el virus COVID-19 (Coronavirus) como “pandemia”, en virtud de su propagación acelerada a nivel mundial;
Que el Gobierno Nacional declaró la Emergencia Sanitaria a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20;
Que por Decreto-Acuerdo Nº 359/20 el Gobierno Provincial declaró la Emergencia Sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Mendoza por el plazo de un año, disponiendo medidas específicas a través de los Decretos-Acuerdos Nº 384/20 y Nº 390/20, para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19;
Que el Artículo 7º del Decreto-Acuerdo Nº 384/20, exceptúa de las licencias extraordinarias establecidas en los Artículos 5º y 6º del mencionado cuerpo normativo al personal del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y del Ministerio de Seguridad, otorgando además en el Artículo 12º facultades a cada Ministerio para “adoptar todas las medidas que resultan necesarias a los fines del presente decreto, incluyendo el traslado y reasignación de funciones y/u horarios al personal”;
Que el Decreto-Acuerdo Nº 390/20 se expide en el mismo sentido, facultando además a los efectores de salud públicos o privados a “adoptar medidas para suspender las licencias en curso del personal a su cargo”;
Que con fecha 18 de marzo del corriente se dictó la Resolución N° 713/20 disponiendo entre otras medidas la suspensión de las licencias anuales ordinarias de todo el personal del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y Obra Social de Empleados Públicos (OSEP), así como toda licencia otorgada para realizar cursos o perfeccionamiento, con el objetivo prioritario de lograr el fortalecimiento integral del Sistema de Salud Provincial, para asegurar el acceso y la prestación oportuna, necesaria y efectiva de los servicios de salud, tendiente a mitigar los efectos de la pandemia;
Que a lo largo de estos meses tanto los trabajadores como trabajadoras de la salud han estado avocados al fortalecimiento del Sistema con gran esfuerzo y dedicación; toda vez que su disponibilidad y presencia en contacto directo con pacientes afectados...
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