Resolución Nro. 251 - REGLAMENTACIÓN VESTIMENTA SERVICIO DE TAXI Y REMIS

EmisorDIRECCIÓN DE TRANSPORTE
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2020

MENDOZA, 02 DE MARZO DE 2020

VISTO el Expediente EX 2020-01190825-GDEMZA-SSP, mediante el cual se tramita la reglamentación atinente a la vestimenta de los conductores del Servicio de Transporte de Pasajeros de Interés General por Taxi y Remis; y

CONSIDERANDO:

Que atendiendo la conveniencia de mejorar la imagen del servicio, cuya prestación se encuentra permisionada por el Estado a los particulares.

Que a tenor de estar frente a un Servicio de Interés General, la Autoridad de Aplicación tiene entre sus facultades la reglamentación de las condiciones del servicio. Por ello resulta exigible a los señores conductores de taxi y remis la correcta vestimenta en su trabajo como también la adecuada higiene personal debiendo ajustarse a lo que esta resolución establezca.

Que teniendo en cuenta los eventos culturales y celebraciones incluidas en el Calendario Oficial, con motivo de la celebración de Vendimia que se realizarán en nuestra provincia en el mes de marzo, resulta conveniente reglamentar las condiciones de higiene- decoro del personal de conducción en forma continua y permanente.

Por lo expuesto y en el marco de los Artículos 11 y 12 de la Ley N° 9024; Artículos 2, 3, 49 y 50 de la Ley N° 9086; Artículos 34, 42 y 51 del Decreto Reglamentario N° 1512/2018 y Artículo 27 de la Ley N° 9206;

EL DIRECTOR DE TRANSPORTE DE LA SECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS

R E S U E L V E:

Artículo 1º

EXIJASE a los señores conductores de taxi y remis la correcta vestimenta en su trabajo como también la adecuada higiene personal, conforme el siguiente detalle:

  • Calzado cerrado,
  • Pantalón largo y/o bermuda de vestir,
  • Camisa de vestir,
  • Remera con mangas,
  • Corbata (durante la duración de los eventos vendimiales previsto en el calendario oficial),
  • ...

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