Resolución Nro. 246 - INCLUSIÓN EN FACTURACIÓN-CARGO ALUMBRADO PÚBLICO-ORDENANZA MUNICIPALIDAD TUPUNGATO

EmisorE.P.R.E
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2019

MENDOZA, 13 DE SETIEMBRE DE 2019

VISTO:

Las actuaciones EPRE Nº EX-2019-04845964-GDEMZA-EPRE#SSP, caratuladas “INCLUSIÓN EN FACTURACIÓN DEL SERVICIO ELÉCTRICO CARGO ALUMBRADO PÚBLICO USUARIOS DEL DEPARTAMENTO DE TUPUNGATO. ORDENANZA Nº 13/19 y ANTECEDENTES”.

CONSIDERANDO:

La Ley 9.033 artículo 23°, por el cual se dispone, entre otras cosas, la derogación de los artículos 41º y 42º de la Ley 6.498 y la obligación de los municipios de determinar el Cargo por “Servicio de Alumbrado Público” aplicable en las respectivas jurisdicciones municipales.

La citada norma establece adicionalmente, que las Distribuidoras del Servicio Público de Energía Eléctrica de la Provincia podrán ser agentes de cobranza de los cargos por Servicio de Alumbrado Público Municipal, cuando los respectivos municipios así lo requieran. En caso de actuar como tales, las Distribuidoras retendrán para sí el importe correspondiente a la energía suministrada a cada Municipio para alumbrado público, valorizada a la tarifa que para este servicio les sea reconocida en el Cuadro Tarifario. Asimismo, la normativa dispone que cuando existan excedentes de lo recaudado sobre lo suministrado, las Distribuidoras lo depositarán a cada Municipio en la cuenta que éste le comunique, dentro de los diez (10) días hábiles de finalizado el período que se factura; la mora por falta de pago se producirá de pleno derecho y devengará el máximo interés que admita la normativa pública municipal aplicable sobre la materia. Cuando el resultante sea un déficit, éste le será cancelado a la Distribuidora por el Municipio deudor en el mismo plazo.

Que en ese marco, mediante Nota GTR N° 27/18 de fecha 08/01/2.018, se solicitó a los Municipios, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 80º de la Ley 6.497 y 50º del Decreto Nº 196/98, informasen al EPRE -en caso de optar por la modificación de los cargos de la actual Grilla de Alumbrado Público- las eventuales modificaciones en la Tasa de Alumbrado Público Municipal decididas en jurisdicción municipal y, en caso de optar por su recaudación mediante la factura de energía eléctrica, la remisión de la normativa que así lo dispusiese para su análisis y posterior autorización.

La Nota GTR N° 034/19, informando al Municipio las variaciones que experimentó la tarifa de alumbrado público a partir del 1° de Febrero de 2019; Nota GTR N° 452/19, informando al Municipio las variaciones que experimentó la tarifa de alumbrado público a partir del 1° de Mayo de 2019 y Nota...

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