Resolución Nro. 231 - EX-2021-07424709-GDEMZA-MESAYAS#MGTYJ, CARATULADO 'ACTA D Nº 1717'

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición24 de Junio de 2022

MENDOZA, 24 DE JUNIO DE 2022

VISTO:

El expediente EX-2021-07424709-GDEMZA-MESAYAS#MGTYJ, caratulado "Acta D Nº 1717", en el cual obran las actuaciones sumariales contra la firma "DABRA SOCIEDAD ANONIMA" CUIT 30-63848573-3, con nombre de fantasía "DEXTER", y domicilio en calle Balcarce Nº 897 Local 1095, Godoy Cruz (5501), Mendoza, y;

CONSIDERANDO:

Que a orden nº 3, mediante documento electrónico (en adelante D.E.) ACTA-2021-07419908-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, rola Acta de Infracción serie C Nº 1717, labrada en fecha 11 de noviembre de 2021, contra la firma "DABRA SOCIEDAD ANONIMA" CUIT 30-63848573-3, mediante la cual se imputa infracción al detectar que no se exhibe la cartelería de la información respecto a los Medios de Pago, conforme la Resolución Nº 226/2020 D.D.C.

Que a orden n° 4, según D.E. INLEG-2021-07441267-GDEMZAINSPE#MGTYJ la firma infraccionada presenta como descargo la imagen de la cartelería exhibida en el vidrio de ingreso al salón comercial.

Que, respecto al incumplimiento por falta de exhibición de la Información referida a los Medios de Pago, la Resolución Nº 133/2014 de esta Dirección de Defensa del Consumidor se publica en el Boletín Oficial en fecha 05/01/2015, por lo que el cumplimiento de la misma es desde el día siguiente, es decir, 06/01/2015. Luego, se reemplaza por la Resolución N° 226/2020 D.D.C., la cual entra en vigencia a partir del 18/09/2020 (B.O. 17/09/2020).

Que el artículo 2° de la Resolución N° 226/2020 D.D.C. dispone, que “Los obligados, comprendidos en el Artículo 1°, deberán informar al público todas las formas de pago aceptadas, debiendo ser exhibidas claramente en todos los ingresos con caracteres destacados, claros y ampliamente visibles desde la vía pública en cada uno de sus locales. En el caso de que tuvieren estacionamiento propio o de terceros, deberán indicar todas las formas de pago que aceptan en todos los ingresos al estacionamiento.”.

Que el artículo 3° de la Resolución N° 226/2020 D.D.C. dispone que “Los obligados, comprendidos en el Artículo 1, deberán exhibir en cada local un cartel claramente visible, ubicado en cada uno de los accesos al mismo, que contendrá los datos que presenta el modelo que se acompaña como ANEXO I. Básicamente, la cartelería contendrá un título que indicará "Información Formas de Pago". Luego se detallará lo siguiente: • SI SE ACEPTA EFECTIVO • SI SE ACEPTAN TARJETAS DE DÉBITO. • SI/NO SE ACEPTAN...

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