Resolución Nro. 231 - EX-2018-03500616-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, CARATULADO 'ACTA C 3366-3367 INC SOCIEDAD ANÓNIMA'

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2020

MENDOZA, 17 DE SEPTIEMBRE DE 2020

VISTO:

El expediente EX-2018-03500616-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, caratulado "Acta C 3366-3367 Inc Sociedad Anónima", en el cual obran las actuaciones sumariales contra la firma "INC SOCIEDAD ANONIMA", CUIT 30-68731043-4, con nombre de fantasía “Carrefour” con domicilio comercial en calle Av. Acceso Este, Lateral Sur, esq. Rondeau, Guaymallén, Mendoza, y;

CONSIDERANDO:

Que a orden n° 3, según documento electrónico (D.E.) ACTA-2018-03500205-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, rolan Actas de Infracción serie C nº 3366 y 3367, labradas en fecha 18 de octubre de 2018, contra la firma "INC SOCIEDAD ANONIMA", CUIT 30-68731043-4, al constatar la existencia de productos con fecha de vencimiento expirada que a continuación se detallan: Snacks de Papas Fritas sabor Cheddar, marca Saladix, por 90 gramos con vencimiento el 12/10/2018; seis (6) unidades de Paseo Chatitas, marca Molino Cañuelas, por 140 gramos cada uno, con vencimiento el 15/10/2018; cinco (5) unidades de Fórmula Láctea marca EnfaBebé, por 500 ml cada una, con vencimiento el 15/10/2018; tres (3) unidades de Tostadas, marca Bimbo Crocantissimo, por 100 gramos cada una con vencimiento el 17/10/2018; dos (2) unidades de Galletas Marineras Azucaradas, marca Rianitos, por 170 gramos cada uno, con vencimiento el 17/10/2018; seis (6) unidades de Galletas Saladas Talitas, marca Veneziana, por 140 gramos cada una, con vencimiento el 16/10/2018; dos (2) unidades de Aderezo de Canola y Albahaca, marca Krol, por 500 ml cada uno con vencimiento el 05/10/2018; tres (3) unidades de Olivas Verdes Rellenas, marca Castell, por 360 gramos cada una, con vencimiento el 17/10/2018; cuatro (4) unidades de Mani sabor crema y cebolla, marca Croppers, por 10 gramos cada uno, con vencimiento el 11/10/2018; tres (3) unidades de Cappellettis multicolor, marca Lucchetti, por 500 gramos cada uno, con vencimiento el 23/09/2018; una (1) unidad de Capellettis de carne, marca La Italiana, por 1 kg. cada una, con vencimiento el 09/10/2018; dos (2) unidades de Cremas Heladas, marca Ice Cream, por 1.5 kg. cada una, con vencimiento el 15/09/2018; una (1) unidad de Tapas para Empanadas Libre de Gluten, marca La Salteña, por 330 gramos cada una, con vencimiento el 16/10/2018; cinco (5) unidades de Yogur sabor durazno, marca Ser Calcio, por 185 gramos cada uno, con vencimiento el 17/10/2018; una (1) unidad de Yogur con cereales sabor vainilla, marca Manfrey, por 163 gramo, con vencimiento el 17/10/2018; doce (12) unidades de Yogur y anillos de fruta sabor vainilla, marca Manfrey, por 163 gramos cada uno, con vencimiento el 17/10/2018; dos (2) unidades de Crema Helada de Frutilla, marca La Campagnola, por 250 gramos cada una, con vencimiento el 09/2018; una (1) unidad de Fontina fundido para untar, marca Adler, por 100 gramos, con vencimiento el 23/09/2018, por todo ello se imputa infracción al artículo 3° del Decreto Nº 3492/91, concordante con el artículo 9° de la Ley Nº 5.547. En el acta se deja constancia que se adjuntan 30 fotografías y que se procede a destruir todos los productos detallados anteriormente.

Que a orden n° 4, según D.E. IF-2018-03500473-GDEMZAINSPE#MGTYJ, se acompañan las treinta (30) fotografías de los productos detallados en el acta y sus fechas de vencimiento.

Que la firma infraccionada no presenta descargo o prueba alguna que permita desvirtuar la imputación que pesa en su contra.

Que en lo que concierne a la existencia de productos vencidos, el artículo 9° de la Ley Nº...

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