Resolución Nro. 219 - REMATE PORCINO

EmisorDIRECCION PROVINCIAL DE GANADERIA SEDE CENTRAL
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2019

General Alvear, 27 de septiembre de 2019.

VISTO: El expediente por secuestro de animal invasor, expediente EX–2019-04836894-GDEMZA-DPG-MEIYE en infracción ley 6773 (Ley provincial de ganadería art. 53 al 59 y 84. Causa policial N° 149/19), y

CONSIDERANDO: Que es objetivo de esta Dirección dar cumplimiento a la Ley 6773 de Ganadería en todos sus aspectos, y habiéndose cumplido los actos y plazos estipulados por dicha ley, en lo que respecta a los artículos, mencionados, y teniendo presente que el plazo de estadía de la hacienda desde su ingreso al corral, establecido en el artículo 59, ha sido superado.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE GANADERIA

RESUELVE:

Artículo 1°

Llévese a subasta pública con base, al mejor postor y dinero en efectivo un porcino, hembra, pelaje blanco.

Artículo 2°

Fíjese fecha de exhibición el día 01 de octubre de 2019 en el corral privado habilitado, sito en R. Nac. 146 esquina Maza, Colonia Elena, San Rafael, Mendoza, en horario de 10 a 12.

Artículo 3°

Fíjese fecha de remate el 02 de octubre de 2019, a las 10 hs. en sede del corral privado habilitado, oportunamente citado.

Artículo 4°

Desígnese al Martillero Público Eduardo Horacio Di Paolo, matricula N° 3356 para actuar en el presente remate.

Artículo 5°

En dicho día, finalizado el remate, el comprador deberá pagar en efectivo lo adquirido, el 10% de comisión al martillero designado y el valor de la hacienda adquirida, la que se aplicará a gastos y manutención del bovino y flete si lo hubiere, conforme ley impositiva 9022, de existir saldo, el comprador deberá depositarlo en un código 148 y ser adjuntado al expediente al momento del retiro del animal.

Artículo 6°

El comprador en caso de compra para terceros deberá denunciar en el acto de subasta para quién adquiere, bajo apercibimiento de tenerlo por comprador, el mismo dispone de 2 días corridos para cumplimentar todos los requisitos necesarios para obtener la autorización para retirar la hacienda. Los mencionados requisitos son: marca, libreta sanitaria o certificado sanitario, RENSPA, recibo del martillero, boleta de corral y código 148, en caso de corresponder.

Artículo 7°

Superados los...

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