Resolución Nro. 212 - EX-2020-03918474-GDEMZA-MESAYAS#MGTYJ CARATULADO 'FLORES PABLO C/ MARIO GOLDSTEIN - PLAN OVALO', FUS

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición 2 de Septiembre de 2020

MENDOZA, 09 DE DE SEPTIEMBRE DE 2020

VISTO

El expediente EX-2020-03918474-GDEMZA-MESAYAS#MGTYJ caratulado "Flores Pablo c/ Mario Goldstein - Plan Ovalo", fusionado al expediente EX-2020-03920732-GDEMZA-MESAYAS#MGTYJ caratulado “Benavidez D´Amore Erika c/ Plan Ovalo S.A. de Ahorro para Fines Determinados”, en el cual obran las actuaciones contra las firmas “PLAN OVALO S A DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS” CUIT 30-58404274-1, con domicilio en calle Av. Henry Ford Nº 3295, R. Rojas (Ex Gral. Pacheco), C.A.B.A., “MARIO GOLDSTEIN S A C I” CUIT 30-54527641-7 con domicilio en calle Pascual Toso n° 86, San José, Guaymallén, Mendoza y “MOTORSPORT S.A.” CUIT 30-70738749-8, con nombre de fantasía “Meschini Concesionaria”, con domicilio en calle Carril Rodriguez Peña n° 2643, Godoy Cruz, Mendoza, y;

CONSIDERANDO

Que a orden n° 2, mediante documento electrónico (en adelante D.E.) IF-2020-03919233-GDEMZA-MESAYAS#MGTYJ, consta denuncia presentada por el Señor Pablo Flores DNI 13.084.768, contra las firmas “PLAN OVALO S A DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS” CUIT 30-58404274-1 y “MARIO GOLDSTEIN S A C I” CUIT 30-54527641-7.

Que a orden n° 9, según D.E. IF-2020-03920095-GDEMZA-MESAYAS#MGTYJ, obra denuncia por la Señora Erika Beatriz Benavidez D´Amore contra las firmas “PLAN OVALO S A DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS” CUIT 30-58404274-1 y “MOTORSPORT S.A.” CUIT 30-70738749-8.

Que el Sr. Pablo Flores y la Sra. Beatriz Benavidez son suscriptores de “PLAN OVALO S A DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS”.

Que, ambos denunciantes se encuentran con sus respectivos vehículos adjudicados y sus obligaciones contractuales al día.

Que las denuncias se realizan en virtud de haber sido informados, por la administradora del plan, que para proceder a la facturación – previo a la entrega- de la unidad adjudicada deben renunciar a la medida cautelar dictada en el proceso colectivo de consumo que tramita ante el 1º Tribunal de Gestión Asociada de la 1º Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza, ACIAR EDGARDO EXEQUIEL Y OTR. C/VOLKSWAGEN Y OTR. S/PROCESO DE CONSUMO, Expte. Nro: 264.584. Para ello se les remite un documento con el texto al cual suscribir como condición indispensable para la entrega del vehículo adjudicado.

Que, por lo antes expuesto, se procede a la fusión de ambas denuncias, conforme D.E. PV-2020-04001981-GDEMZA-MESAYAS#MGTYJ de orden n° 12.

Que las circunstancias denunciadas se desarrollan enmarcadas en un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR