Resolución Nro. 21 - APROB. LOTEO LABANCA GABRIEL Y OTROS SAN RAFAEL

EmisorConsejo de Loteos
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2022

Visto el Expediente nº 2075-R-2010-602015 del Registro de la Municipalidad de San Rafael (EE-41234-2022), Caratulado “RODRIGO ROBERTO BARRIONUEVO GODOY CRUZ 4-473 S/ INSTRUCCIONES PARA LOTEO”, por el cual se presenta a consideración el pedido de aprobación del proyecto definitivo del loteo realizado en el inmueble propiedad de: Título I: LABANCA GABRIEL (cuit 20-08144957-1); LABANCA CELINA (cuit 27-30965480-9) y LABANCA MARIA (cuit 27-29759443-0); y Título II: AGROCON S.R.L. (cuit 30-70703855-8) (NC 17-99-11-1900-781235-0000-1 y 17-99-11-1900-773250-0000-9) ubicado en calle Juan XIII s/n°, Distrito Ciudad del Departamento de San Rafael, y

CONSIDERANDO:

Que previo a la presentación del proyecto definitivo se cumple con la tramitación requerida por el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 4341/79.

Que a fs. 98/99 se agrega caracterización del terreno por la Dirección de Hidráulica. De la misma surge que el proyecto se ubica en zona considerada NO ALUVIONAL.

Que con el Acta de Inspección incorporada a fs. 103, se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 5° del Decreto Ley N.º 4341/79 y modificatorias.

Que a fs. 104, la Dirección de Hidráulica otorga Certificado Final de Obra al Loteo.

Que a fs. 106 se incorpora Acta de Recepción Provisoria de Obra, para la provisión de servicio eléctrico, emitida por EDEMSA.

Que a fs. 107 se agrega Constancia de Terminación de Obra Red Distribuidora de agua potable, emitida por Aguas Mendocinas.

Que a fs. 108 se agrega Certificado Final de Obras, emitido por el Departamento General de Irrigación, Subdelegado de Aguas del Río Diamante.

Que con la Documentación agregada a fs. 109/111, se certifica que el titular dominial no se encuentra inhibida para disponer de sus bienes dentro de la 1°, 3° Y 4° Circunscripción Judicial.

Que mediante Ordenanza Municipal 13741, agregada a fs. 119/123, la Municipalidad de San Rafael acepta el ofrecimiento de donación de los espacios destinados al dominio público.

Que a fs. 124, se agrega Plano de Mensura y Loteo que cuenta con visación previa conforme otorgada por la Dirección General de Catastro A.T.M. - Delegación Zona Sur.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Secretaría Legal (fs. 116), puede procederse a la aprobación de proyecto y posterior aprobación de loteo, conforme lo establecido con los artículos 4°y 7° del Decreto Ley N.º 4341/79.

Por ello,

LA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOTEOS

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