Resolución Nro. 2031 - APROBACIÓN MANUAL DE FUNCIONES DEL ENTE DE LA MOVILIDAD PROVINCIAL
Emisor | ENTE DE LA MOVILIDAD PROVINCIAL |
Fecha de la disposición | 9 de Octubre de 2019 |
MENDOZA, 09 DE OCTUBRE DE 2019
VISTO lo actuado en el expediente electrónico EX-2018-03882887-GDEMZA-EMOP en que se tramita la aprobación del Manual de Funciones del Ente de la Movilidad Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que el Ente de la Movilidad Provincial es una persona jurídica pública que goza, entre otras atribuciones, de la facultad de autoorganizarse para el cumplimiento de su objeto y fines de su creación.
Que, en efecto, el Ente de la Movilidad Provincial ha sido creado con tal carácter en virtud de la ley N° 7.412, parcialmente modificada por la ley N° 9.051.
Que, ahora bien, el artículo 14 de la ley N° 7.412 denota, en lo pertinente, que el Ente “tendrá autarquía institucional y financiera y plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado…”.
Que esta normativa legal continúa revistiéndole al Ente, a fin de llenar su objeto y sus finalidades dentro de los ámbitos del derecho público y privado, de una “autarquía funcional y financiera” con la competencia para “aprobar su estructura orgánica y su funcionamiento interno”, según lo acordado por los artículos 7 y 9, inciso 11 de la ley N° 7.412, modificados por el artículo 1° de la ley N° 9.051.
Que subsiguientemente a ello se pasa a conferirle al Directorio del Ente la potestad de concretar esta competencia organizativa al facultárselo para “organizar su estructura administrativa y dictar el reglamento interno del Cuerpo”, como asimismo la de “contratar y remover al personal del Ente Regulador, fijándole sus funciones y condiciones de empleo…”, de acuerdo con lo que expresamente previene el artículo 22, incisos b) y c) de la ley N° 7.412 aunque siempre entendiéndose que en armonía con lo establecido por el estatuto del empleado público emanado del Decreto-Ley N° 560/1973 y sus demás normas complementarias.
Que así pues, y en este orden, se ha confeccionado y se tiene a la vista el Manual de Funciones que cumple en desarrollar y concretar al estatuto general de los agentes públicos del Ente aunque justamente dentro del contexto ocupacional e institucional del Ente y en pos de alcanzar las altas finalidades públicas que lo justifican, con cuidado por el debido resguardo de la intangible dignidad de dichos agentes públicos y servidores.
Que es por ello que su preparación revela una especial atención a las diversas necesidades públicas que hay que satisfacer, mas también a las realidades operativas internas y, desde...
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