Resolución Nro. 20 - REMATE

EmisorDIRECCION PROVINCIAL DE GANADERIA SEDE CENTRAL
Fecha de la disposición31 de Enero de 2023

General Alvear, 31 de enero de 2023.

VISTO: El expediente por secuestro de animales EX–2023-00596448-GDEMZA-DPG-MEIYE en infracción ley 6773 (Ley Provincial de Ganadería art. 53 al 59 y 84. Causas policiales N° 2107/22, y

CONSIDERANDO: Que es objetivo de esta Dirección dar cumplimiento a la Ley 6773 de Ganadería en todos sus aspectos, y habiéndose cumplido los actos y plazos estipulados por dicha ley, en lo que respecta a los artículos, mencionados, y teniendo presente que el plazo de estadía de la hacienda desde su ingreso al corral, establecido en el artículo 59, ha sido superado.

Que los postores, deberán dar cumplimiento a los requisitos que se mencionan en la parte resolutiva, al momento de efectuarse el remate.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE GANADERIA

RESUELVE:

Artículo 1°

Llévese a subasta pública con base, al mejor postor y dinero en efectivo, lo siguiente: Causa N° 2107/22: 1) equino macho, pelaje overo azulado (moro); 2) equino hembra, pelaje zaino, con lucero en la frente, calzado de mano y pata del lado derecho (lazo) a la altura de la corona, con cría al pie de pelaje zaino, categoría potrillo; 3) equino macho, categoría potrillo, pelaje alazán, con lucero en la frente; 4) equino macho entero, pelaje zaino colorado, calzado medio en pata del lado del lazo y calzado bajo en el lado de montar, con lucero en la frente.

Artículo 2°

Fíjese fecha de exhibición el día 02 de febrero de 2023 en el corral, sito en calle Miguez s/n; Los Barriales, Junín, Mendoza, en horario de 10 a 12.

Artículo 3°

Fíjese fecha de remate el día 03 de febrero de 2023, a las 10:00 hs. en sede del corral, oportunamente citado.

Artículo 4°

Desígnese a la Martillera Pública Silvia Andrea Legrand, matricula N° 2664 para actuar en el presente remate.

Artículo 5°

En dicho día, finalizado el remate, el comprador deberá pagar en efectivo el 10% de comisión a la martillera designada, el valor de la hacienda adquirida y gastos sanitarios, si los hubiere, lo que se aplicará a gastos y manutención de los animales y flete si lo hubiere, conforme ley impositiva, de existir saldo, el comprador deberá depositarlo en un código 148 y ser adjuntado al expediente al momento del retiro del animal.

Artículo 6°

El comprador dispone de 2 días corridos para cumplimentar todos los requisitos necesarios para obtener la autorización para...

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