Resolución Nro. 19 - EE 2018-0435945-GDEMZA-FISCESTADO

EmisorFiscalia de Estado
Fecha de la disposición24 de Abril de 2018

MENDOZA, 24 de abril de 2018.

VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante expediente nº EX-18-435945-GDEMZA-FISCESTADO se solicitó a esta Fiscalía de Estado que, en el marco de lo dispuesto por la Ley nº 5.736 (modificada por Ley nº 8.819), se requiriese el cumplimiento de los pedidos de informes formulados por la H. Cámara de Diputados mediante Resoluciones nº 408/17 y 72/17 dirigidas al Instituto Provincial de la Vivienda.

Que a tal fin y en base a los principios del debido proceso. se dirigieron a dicha repartición las notas nº 693345 y 694550 (ambas del año 2018 y con ámbito "' FISCESTADO"), las cuales a la fecha y conforme constancias del sistema GDEMZA, no han sido respondidas en los plazos y términos de la Ley nº 5.736."

Que habiéndose vencido el plazo impuesto en los requerimientos sin que el organismo hubiese acreditado haber dado cumplimiento a los mencionados pedidos de informe, corresponde aplicar lo dispuesto en los artículos 7º a 9º de la Ley nº 5.736 (modificada por ley nº 8.819), imponiendo un apercibimiento en tal sentido.

Por ello, en uso de las competencias otorgadas por la Ley nº 5.736 (modificada por Ley nº 8.819):

EL FISCAL DE ESTADO

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º

Apercibir al Sr. Presidente del Instituto Provincial de la Vivienda para que en el plazo de 10 días proceda a responder los informes requeridos por la H. Cámara de Diputados mediante las Resoluciones nº 408/17 y 72/17, y presente la constancia de cumplimiento establecida por el art. 5º de la Ley 5.736...

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