Resolución Nro. 1896

Fecha de disposición19 Julio 2023
Fecha de publicación20 Julio 2023
Número de Gaceta31908

MENDOZA, 19 DE JULIO DE 2023

VISTO lo actuado en el expediente EX-2023-4920098- -GDEMZA-EMOP, mediante el cual tramita el análisis y determinación del costo del servicio del transporte público de pasajeros regular urbano del Gran Mendoza y de Media y Larga Distancia, y;

CONSIDERANDO:

Que, los diferentes concesionarios del sistema han presentado sus respectivos estudios de costos, constantes en orden 2/20, los que deberán ser analizados por los cuadros técnicos correspondientes del E.Mo.P.

Que, oportunamente, y en forma previa a la convocatoria del Órgano Consultivo, se deberá realizar y agregar el informe técnico oficial respecto de cada empresa.

Que, resulta oportuno realizar la convocatoria al Órgano Consultivo, asesor del E.Mo.P. y creado de conformidad a lo dispuesto por la ley 7412, para el día 07/08/2023 a las 10:00 horas

Que, una vez realizada la asamblea, de conformidad a lo establecido en los artículos 26 y ss. de la ley 7412, las decisiones del órgano deben adoptarse por simple mayoría y plasmarse en un acta que luego debe agregarse al expediente.

Que, en cuanto al ámbito del tratamiento del costo del servicio, debe estarse a lo dispuesto por el art. 27 del decreto 1512/18, en concordancia con el art. 42 de la C.N.

Artículo 42 Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.

Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios.

La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control.

Que, la Audiencia Pública, constituye una instancia de participación en el proceso de toma de decisión, en la cual la se habilita a la ciudadanía un espacio institucional para que...

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