Resolución Nro. 187 - EX-2021-05270136-GDEMZA-MCYT- MENDOZA ACTIVA II

EmisorMINISTERIO DE CULTURA Y TURISMO
Fecha de la disposición 2 de Septiembre de 2021

MENDOZA, 02 DE SETIEMBRE DE 2021

VISTO el expediente EX2021-05270136-GDEMZA –MCYT en el que tramita la reglamentación del artículo 32 de la ley Nº 9330 y del artículo 12 del Decreto Nº 1067/21, y;

CONSIDERANDO:

Que la ley nº 9330 (B.O. 07/07/2021), crea en el ámbito del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Energía, el Programa Mendoza Activa II, que tiene por objeto acelerar la reactivación de las actividades económicas en la Provincia de Mendoza.

Que el artículo 32 de la norma citada autoriza a invertir en la promoción de actividades de turismo y cultura, fondos que promuevan la contratación de servicios turísticos y culturales en todo el territorio provincial y que generen estímulos a la compra de manera anticipada, los cuales podrán acceder a los beneficios contemplados en la presente Ley conforme lo establezca la reglamentación.

Que la Ley nº 9330 fue reglamentada por el Decreto nº 1067, que en su artículo 12º crea el “Programa Mendoza Activa II – Promoción Turística y Cultural” y en su artículo 13º “faculta al Ministerio de Turismo y Cultura a realizar la convocatoria al Programa Mendoza Activa II – Promoción Turística y Cultural, aprobar el Reglamento Operativo del mismo y otorgar los beneficios”.

Que de acuerdo a lo expuesto y conforme lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura y Turismo, corresponde dictar la Resolución respectiva, a fin de instrumentar la convocatoria al “Programa Mendoza Activa II –Promoción Turística y Cultural” y aprobar su Reglamento Operativo.

Por todo lo expuesto

LA MINISTRA DE CULTURA Y TURISMO

R E S U E L V E:

Artículo 1° Apruébese la convocatoria y el Reglamento Operativo del Programa “Mendoza Activa II- Promoción Turística y Cultural”, creado por el artículo 32 de la ley 9330 y el artículo 12 del Decreto n° 1067/21, de acuerdo a los términos que a continuación se expresan.
Artículo 2° OBJETO DE LA CONVOCATORIA

PROGRAMA MENDOZA ACTIVA II. PROMOCION TURISTICA Y CULTURAL: La presente Resolución tiene por objeto regular el acceso a la Convocatoria “MENDOZA ACTIVA II - PROMOCION TURISTICA Y CULTURAL” prevista en el artículo 32 de la Ley N° 9330 y en el artículo 12 del Decreto n° 1067/21, el que tendrá por objeto otorgar Aportes No Reembolsables (ANR) a las personas humanas y jurídicas que se adhieran los programas de promoción turística y cultural establecidos por éste y que cumplimenten la totalidad de los requisitos y condiciones establecidos en el presente.

Artículo 3° NORMAS APLICABLES:

El Concurso Púbico se regirá por la Ley N° 9330, el Decreto n°1067/21, la presente Resolución, el Pliego de Bases difundido por el Emetur y/o cualquier otra normativa que resulte aplicable, conforme lo previsto en el art. 1. I. puntos a) y b) de la Ley N° 9003.-

Artículo 4°.- PLAZOS:

Todos los plazos mencionados en la presente Resolución y en los Pliegos o Bases de los programas, como asimismo, durante su ejecución, en los emplazamientos, vistas y notificaciones que se produzcan, se computarán en días hábiles administrativos y a partir del día hábil posterior de la notificación, salvo expresa disposición en contrario emanada de autoridad competente.-

Artículo 5° DEFINICIONES:

Tal como se emplean en la presente Resolución y en cualquier otro documento que constituya parte integrante del mismo, los siguientes términos tendrán los significados que se expresan a continuación, ya sea que se utilicen en singular o plural, excepto que se les confiera expresamente un alcance distinto.

ADJUDICATARIO: Es el ESTABLECIMIENTO que brinde servicios de alojamiento –en todas sus modalidades–, agencia de viaje y turismo y servicios de turismo de aventura en la Provincia de Mendoza, a quien el Ministerio de Turismo y Cultura y el Ministerio de Economía y Energía considere que se debe otorgar el ANR, por haber cumplido con las condiciones establecidas al efecto.

SALE MENDOZA: Es la posibilidad de vender sus productos de servicios de alojamiento -en todas sus modalidades–, agencia de viaje y turismo y servicios de turismo de aventura en la Provincia de Mendoza, mediante concertaciones on line en la página sale.mendoza.tur.ar o mediante cualquier otra landing dispuesta por el EMETUR para facilitar la comunicación y promoción del destino “Provincia de Mendoza”, durante las fechas de preventa Jueves 26, Viernes 27, Sábado 28 y Domingo 29 de agosto de 2021 y las fechas de utilización Lunes 30 de Agosto a Domingo 19 de Diciembre de 2021, o las que se autoricen expresamente en el futuro.

ANR: APORTES NO REEMBOLSABLES: Sumas de dinero que se...

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