Resolución Nro. 1840 - SOLICITA RENOVACIÓN DE LA SUSPENSIÓN DEL INGRESO AL SISTEMA DE AFILIACIÓN VOLUNTARIA INDEPENDIENTE

EmisorOSEP - OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS PUBLICOS
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2018

VISTO: EE-2018-03920008 caratulado: “Subdirección de Atención y Servicios al Afiliado – Solicita Renovación de la Suspensión del Ingreso al Sistema de Afiliación Voluntaria Independiente” y

CONSIDERANDO:

Que mediante los presentes Autos la Subdirección de Atención y Servicios al Afiliado dependiente de la Subdirección de Finanzas y Presupuesto de la Dirección General de Administración, solicita se renueve o prorrogue la suspensión del ingreso al Sistema de Afiliación Voluntaria Independiente desde el 01 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2019, conservando el Artículo 2 de la Resolución Nº2316 del H. Directorio de fecha 28 de diciembre del 2017, por mantenerse a la fecha la motivación de la Resolución Nº0740 del H Directorio de fecha 08 de mayo de 2014.

Que como antecedente se citan las siguientes resoluciones referentes a la suspensión al Sistema de Afiliación Voluntaria Independiente:

Resolución Nº 0740/HD/2014, Resolución Nº2144/HD/2014, Resolución Nº3026/HD/2015, Resolución Nº0015/HD/2017 y Resolución Nº2316/HD/2017, de conformidad a la normativa vigente.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dictamina de acuerdo a los informes de las áreas intervinientes, que podría el H. Directorio prorrogar la suspensión del ingreso de afiliados bajo la categoría de Afiliación Voluntaria Independiente, conforme las facultades previstas por el Art. 2º inc. b) y Art. 40º incs. a y j) del Decreto Ley 4373/63 y sus modif..

Que la Dirección General de Administración eleva al H. Directorio.

Que el Director General de la Obra Social emite el Vº Bº.

Por ello; y atento lo dispuesto por el Art. 40º del Decreto Ley 4373/63 y sus modificatorias,

EL H. DIRECTORIO DE LA OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS RESUELVE:

ARTÍCULO 1º

Prorrogar desde el 01 de enero de 2019 y hasta el 31 de Diciembre de 2019, la suspensión del ingreso a la Obra Social de Empleados Públicos bajo la categoría “Afiliación Voluntaria Independiente” dispuesta oportunamente por las Resoluciones del H. Directorio Nº 0740/2014, 2144/2014, 3026/2015, 15/2017 y 2316/17, de conformidad con lo previsto por el Artículo 2º inc.b) y Artículo 40º incs.a) y j) del Decreto-Ley Nº 4373/63 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2º

Excluir de los alcances de lo dispuesto en el Artículo 1º al caso que a continuación se detalla:

Ingresos de recién nacidos que sean hijos de titulares, indirectos o adherentes del Sistema de Afiliación...

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