Resolución Nro. 179 - RESOLUCION DE INSPECTOR DE REGISTRO - LEY FEDERAL DE CARNES

Fecha de disposición07 Noviembre 2018
Fecha de publicación27 Noviembre 2018
Número de Gaceta30741
SecciónResoluciones
instrumentationResoluciones

General Alvear, 07 de noviembre, de 2018.

VISTO: que es competencia de esta Dirección Provincial de Ganadería la aplicación de la Ley Nº 22375 –FEDERAL SANITARIA DE CARNES, su Decreto Reglamentario Nº 4238/68 y que por Decreto Provincial Nº 2032/01 en su artículo 2º de su ANEXO I y Decreto 246/94, en el artículo 7º de su ANEXO I, se la faculta para el dictado de las normas complementarias y/o supletorias necesarias para optimizar la eficacia de las inspecciones, mediante resolución fundada de esta Dirección, y

CONSIDERANDO: Que, la provincia de Mendoza por Ley Provincial Nº 4763 adhirió a la Ley Nº 22375, Federal Sanitaria de Carnes, cuya Reglamentación dada por Decreto Nacional Nº 4238/68, en su CAPÍTULO I, apartado 1.1.2.1 crea y define la figura del Veterinario de Registro estableciéndole sus responsabilidades y obligaciones en cuanto a la fiscalización sanitaria de las plantas procesadoras de productos comestibles de origen animal en el CAPÍTULO VIII, apartado 8.3.

Que, el SENASA mediante Resolución 2017-971 incluye y define en el Decreto 4238/68 la figura del Director Técnico con título universitario idóneo en relación a la actividad desarrollada por el establecimiento, sus alcances y obligaciones, resolviendo la obligatoriedad de su designación como condición para acceder a la habilitación sanitaria que deba otorgar la autoridad sanitaria de aplicación.

Que, en la provincia de Mendoza la industria faenadora e industrializadora de productos comestibles de origen animal tienen un desarrollo importante, como así el transporte para su distribución y comercialización.

Que, dada la necesidad de la Industria Frigorífica elaboradora de productos comestibles de origen animal dar un salto en la calidad sanitaria, apuntando a que la Provincia de Mendoza tenga un estatus superior, en línea con los organismos nacionales, y que además recree en el ámbito local la categoría de Tránsito Provincial, reconociendo la exclusiva autoridad de la Dirección Provincial de Ganadería en el ejercicio del poder de Policía Sanitaria en todo lo concerniente a la elaboración de productos comestibles de origen animal en todo el ámbito de la provincia según dicta la Ley 6773.

Que, los volúmenes de faenamiento e industrialización de los productos cárnicos para consumo, hacen especialmente necesario implementar sistemas de controles sanitarios eficientes, que aseguren la salubridad y aptitud para el consumo de los productos procesados.

Que, estableciendo a la industria Frigorífica sistemas de control en forma permanente y eficientes, se conseguirá minimizar los riesgos de aparición de toxo-infecciones alimentarias como también se transparentará el sistema de industrialización, distribución y...

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