Resolución Nro. 178 - LIQ. 1º QUINCENA AGOSTO/19 PARTICIPACIÓN MUNICIPAL

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición20 de Agosto de 2019

MENDOZA, 20 DE AGOSTO DE 2019

Visto el Expediente Nº Ex-2019-04114342-GDEMZA-DGPRES#MHYF y el estado de cuenta de las Municipalidades de la Provincia en relación a la ejecución de las participaciones que les corresponden en los impuestos nacionales y provinciales, y

CONSIDERANDO:

Que se encuentra vigente el régimen de participación municipal previsto en la Ley Nº 6396 y sus modificatorias;

Que el artículo 6° de la ley aludida precedentemente dispone la transferencia quincenal para los recursos provenientes de la participación en los impuestos nacionales, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y en el Impuesto de Sellos;

Que para distribuir entre los municipios las participaciones aludidas, se han aplicado provisoriamente los prorrateadores fijados para el ejercicio 2018, mediante la Resolución Nº 220-HyF-18;

Que la política del Gobierno en apoyo del quehacer municipal determina que sean remitidos con la mayor prontitud los recursos de referencia.

Por ello,

LA

MINISTRA DE HACIENDA Y FINANZAS

R E S U E L V E :

Artículo 1º

Autorícese a Contaduría General de la Provincia a liquidar a favor de las Municipalidades que se detallan y por los montos que se indican en la columna (1) de la Planilla Anexa A, que forma parte de la presente resolución, la suma de QUINIENTOS VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($ 528.239.933.-), correspondiente a la primera quincena del mes de agosto del año 2019 de Participación Municipal.

El importe mencionado en el párrafo precedente incluye la participación sobre el monto correspondiente a la devolución de doce (12) puntos de los quince puntos porcentuales (15%) que se detraen de la masa de recursos federales coparticipables, con destino a las obligaciones previsionales nacionales a cargo de Anses, dispuesta en el Acuerdo celebrado el día 18 de mayo de 2016, ratificado por Decreto Nº 529/16 y Ley Nº 8873 y en los Decretos Nros. 997/16 y 998/16, según se detalla en el Anexo I de la Planilla Anexa A citada.

Artículo 2º

El importe que se detalla en el artículo anterior se imputará con cargo a la partida: H-20003-431-01-00: "Participación a Municipios - Régimen General" y Unidades de Gestión respectivas, del Presupuesto de Erogaciones vigente.

Artículo 3º

Autorícese a Contaduría General de la Provincia a retener a las Municipalidades que se detallan, de las sumas liquidadas en el artículo 1° de esta...

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