Resolución Nro. 174 - CENTROS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO-DETT
Emisor | Direccion General de Escuelas |
Fecha de la disposición | 9 de Noviembre de 2018 |
MENDOZA, 09 de NOVIEMBRE de 2018.
VISTO, la Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058,la Ley Nacional de Educación N° 26.206, la Resolución N° 13 - CFE -2007, la Resolución N° 115- CFE-2010, la Resolución N° 311- CFE-2016,y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.058, tiene por objeto regular y ordenar la Educación Técnico Profesional del Sistema Nacional, siendo necesario establecer principios que caracterizan a la formación profesional entre otros y sus niveles de certificación;
Que la Resolución N° 13-CFE-07, define y ordena los tipos de títulos y certificados de la Educación Técnico Profesional y las Certificaciones de Formación Profesional Inicial y Continua, estableciendo en ésta los tipos posibles de certificaciones de formación propias de cada ámbito de la ETP y su relación a las trayectorias posibles de formación inicial;
Que la Resolución N° 115-CFE-10, determina que es necesario y es responsabilidad del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología establecer con acuerdo del Consejo Federal de Educación, los certificados de ETP que son de interés público por poner en riesgo la salud de las personas, los bienes y el ambiente;
Que la Resolución N° 115-CFE-10, determina los lineamientos y criterios para la organización institucional y curricular correspondiente al ámbito de la Formación Profesional, estableciendo a la Formación Profesional Inicial, Continua y a la Capacitación Laboral como parte del ámbito de la FP;
Que el Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET) desarrolla una estrategia general de política pública, orientada al fortalecimiento y valorización de Ia ETP como modalidad que tiene como función estratégica la formación de Nivel Inicial permanente y el desarrollo continuo de capacidades profesionales para el mundo del trabajo;
Que la Educación Técnico Profesional es un derecho de todo habitante de la Nación Argentina, por lo tanto, se debe resguardar el reconocimiento de los saberes y capacidades técnico profesionales adquiridos en las diferentes Instituciones educativas;
Que dado el carácter profesionalizante de la Educación Técnico Profesional, es necesario establecer lineamientos y criterios sobre la vinculación de la formación con el mundo del trabajo y de organización institucional y curricular que posibiliten este tipo de formación;
Que es necesario impulsar desde la Jurisdicción un proceso de planificación, diseño y desarrollo de propuestas curriculares e institucionales de Formación Profesional, desarrollando nuevas ofertas en los...
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