Resolución Nro. 17 - SANCIÓN COSPAC DE BOWEN LTDA. - CPT 21º SEM.CONTROL ETAPA II

EmisorE.P.R.E
Fecha de la disposición 4 de Febrero de 2020

MENDOZA, 04 DE FEBRERO DE 2.020

VISTO:

El Expte. N° EX-2019-05390374-GDEMZA-EPRE#SSP caratulado “SANCIÓN a COSPAC DE BOWEN LTDA. CALIDAD DE PRODUCTO TECNICO. SEMESTRE 21º ETAPA II”.

CONSIDERANDO:

Que con fecha 31 de Julio de 2019 ha culminado el Vigésimo Primer Semestre de Control de las Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones del Contrato de Concesión de COSPAC DE BOWEN LTDA.

Que la Cooperativa ha presentado el cálculo de las sanciones correspondientes al período en cuestión, discriminando Sanción Individual, e Indicadores Globales, según lo establecido en el Contrato de Concesión.

Que por su parte la Gerencia Técnica del Suministro ha elaborado el informe pertinente y verificado el cálculo efectuado, destacando que no se observan inconsistencias en dichos valores y que no se han producido apartamientos de los indicadores globales durante dicho semestre de control. Sugiere aprobar los valores de las sanciones presentadas por la Cooperativa (rev 01).

Por ello y lo dispuesto por el Art. 54 inc. o) de la Ley 6.497 y su modificatoria, normas concordantes y complementarias.

El DIRECTORIO DEL

ENTE PROVINCIAL REGULADOR ELÉCTRICO

RESUELVE:

  1. Autorizar a COSPAC DE BOWEN LTDA. para efectuar la acreditación proporcional a los usuarios respectivos, de la suma de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 69.255,45.-) correspondiente a la sanción prevista en el punto 5.5.1 de las Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones, Sub-Anexo 5 del Contrato de Concesión, por apartamiento de los límites admisibles de CALIDAD DE...

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