Resolución Nro. 17 - PAUTAS PARA EL TRABAJO DURANTE LA VIGENCIA DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO

EmisorFONDO PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL CRECIMIENTO
Fecha de la disposición23 de Marzo de 2020

MENDOZA, 23 DE MARZO DE 2020

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 260 del 12 de marzo de 2020 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19 estableciéndose las obligaciones a ser observadas por la población, así como las facultades y competencias confiadas a las Jurisdicciones y Organismos para su adecuado y articulado marco de actuación

Que, asimismo en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y su modificatorio Nº 325/2020, por los cuales se establecen las medidas necesarias de aislamiento social, preventivo y obligatorio, con el fin de evitar y/o mitigar la propagación de esta enfermedad entre la población;

Que el Gobernador de la Provincia emitió el Decreto N° 359/2020 mediante el cual declaró la Emergencia Sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Mendoza por el plazo de un (1) año, ampliándose por Decreto Provincial Nº 401/2020 a las materias social, administrativa, económica y financiera;

Que asimismo el Señor Gobernador de la Provincial del Mendoza, dispuso mediante el Artículo 5 del Decreto Provincial Nº 390/2020, que “los agentes que gozaren de la licencia, no estarán eximidos de prestar su débito laboral mediante mecanismos de cumplimiento del mismo a distancia, en un marco de buena fe y razonabilidad y siempre que la salud del trabajador y/o agente así lo permita;

Que en el contexto imperante y en el marco de tales disposiciones, resulta necesario ratificar las pautas de trabajo dispuestas oportunamente por la Dirección Ejecutiva de la Administradora Provincial del Fondo a los fines de no dificultar el normal funcionamiento del Ente y no vulnerar los derechos e intereses de los administrados que se relacionan con éste, mientras perdure la situación de aislamiento en el ámbito de la administración pública provincial;

Que bajo la situación de aislamiento, se espera un importante reducción de la actividad económica y el consecuente corte en la cadena de pagos de los diversos sectores de la economía provincial y, además ante la imposibilidad de realizar trámites judiciales por la suspensión de la atención en las oficinas del Poder Judicial del Mendoza, impone la necesidad de...

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