Resolución Nro. 17 - AUTORIZAR A ASESORES LEGALES Y CONTABLE PARA RUBRICAR LIBROS .

EmisorDIRECCIÓN DE ASOCIATIVISMO Y COOPERATIVAS
Fecha de la disposición26 de Enero de 2021

MENDOZA, 26 DE ENERO DE 2.021.

VISTO las facultades otorgadas por la Ley 20.337 (arts. 38 y conc.), Ley Provincial Nº 5.316 (arts. 2º inc. e) y conc.) a este Organo de Control en materia Cooperativa, y

CONSIDERANDO:

Que el número de cooperativas que funcionan en la Jurisdicción de la provincia de Mendoza, se ha elevado notoriamente en los últimos años, situación que dificulta las tareas que involucran el control y rubricación de los libros obligatorios que deben llevar las entidades cooperativas;

Que los libros presentados para rubricación, por su cantidad, exigen una intensa actividad del Personal y del Director de la Repartición, dificultando ello, tanto la actividad administrativa, como la propia actividad de la Dirección;

Que habida cuenta de desarrollarse la problemática en Dirección, resulta razonable que para agilizar el trámite rubricatorio, se designe a personal capacitado para tal actividad, a efectos de auxiliar -en la tarea de rubricar libros- al Director de Cooperativas;

Por ello, en función de lo expuesto, lo normado en el art. 7º y concs. de la Ley Provincial Nº 9.003, y las facultades que le confiere la Ley Provincial Nº 5.316 y Decretos Provinciales Nº 3028/2019 y 3030/2019;

EL

DIRECTOR DE COOPERATIVAS

R E S U E L V E:

Articulo 1º...

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