Resolución Nro. 169 - AJUSTE SANCION LA COOP. EMPRESA ELECTRICA DE GODOY CRUZ LTDA.-CST 20º -21º SEM.CONT.

EmisorE.P.R.E
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 30 DE DICIEMBRE DE 2020

VISTO:

El Expte. N° EX-2020-04513885-GDEMZA-EPRE#SSP caratulado “LA COOPERATIVA EMPRESA ELECTRICA DE GODOY CRUZ LTDA. RECALCULO SANCION CST Semestres 20º y 21º -ETAPA II. INCORPORACION DE CASOS DE FUERZA MAYOR”

CONSIDERANDO:

Que mediante Resoluciones EPRE Nº 152/ 19 y 302/ 19 se aprobaron los valores correspondientes a las sanciones previstas en el punto 5.5.2 de las Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones del Contrato de Concesión, por apartamiento de los límites admisibles de Calidad de Servicio Técnico del 20º y 21º Semestres de Control -ETAPA II de LA COOPERATIVA EMPRESA ELECTRICA DE GODOY CRUZ LTDA.

Que La Cooperativa presentó el recálculo de Indicadores y Sanciones por los niveles de Calidad de Servicio Técnico correspondientes al 20º y 21º Semestres de Control –ETAPA II de LA COOP. EMPRESA ELECTRICA DE GODOY CRUZ LTDA. prestado a los usuarios, motivados por la incorporación de los casos Fuerza Mayor.

Que por su parte la Gerencia Técnica del Suministro, en orden 5, ha elaborado el Informe pertinente y verificado el cálculo efectuado, destacando que no existen inconsistencias en los valores presentados.

Que en orden 8 obra dictamen de la Gerencia Jurídica de la Regulación.

Que por ello, este Directorio comparte lo recomendado por la Gerencia Técnica del Suministro, que sugiere aprobar el cálculo de Sanciones y Bonificaciones presentado por La Cooperativa Empresa Eléctrica de Godoy Cruz Ltda.

Por ello y lo dispuesto por el Art. 54 inc. o) de la Ley 6.497 su modificatoria, normas concordantes y complementarias.

El DIRECTORIO DEL

ENTE PROVINCIAL REGULADOR ELÉCTRICO

RESUELVE:

  1. Aprobar el Ajuste del cálculo de la Sanción a LA COOP. EMPRESA ELECTRICA DE GODOY CRUZ LTDA. por Apartamiento de los límites de Calidad de Servicio Técnico en concepto de “AJUSTE SANCIÓN 20º Semestre de Control-ETAPA II” por incorporación de Casos de Fuerza Mayor; por la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES CON DIEZ CENTAVOS ($ 32.563,10.-).

  2. Aprobar el Ajuste del cálculo de la Sanción a LA COOP. EMPRESA ELECTRICA DE GODOY CRUZ LTDA. por Apartamiento de los límites de Calidad de Servicio Técnico en concepto de “AJUSTE SANCIÓN 21º Semestre de...

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