Resolución Nro. 154 - PRORROGA RESOLUCION EPRE Nº 45-2020 Y SU MODIFICATORIA RESOLUCION EPRE Nº 81-2020

EmisorE.P.R.E
Fecha de la disposición25 de Noviembre de 2020

Mendoza, 25 de Noviembre de 2.020

VISTO:

El expediente EX–2020-01859918-GDEMZA-EPRE#SSP “CUMPLIMIENTO DECRETO PROVINCIAL N° 527/2020. ADHESION DECRETO DECNU-2020-311 PODER EJECUTIVO NACIONAL”.

Las Resoluciones EPRE N° 45/2.020, N° 81/2.020 y N° 122/2.020, DECNU N° 756/2020, demás normativa legal y regulatoria vigente, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia (DECNU) N° 311/2.020, publicado para fecha 25 de Marzo de 2.020, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso, para el segmento de usuarios allí alcanzados y por un plazo determinado, la prohibición de suspensión o corte de los servicios que resultan centrales para el desarrollo de la vida diaria en caso de mora o falta de pago, incluyendo el de energía eléctrica. En particular, prevé que no se podrá disponer la suspensión o el corte delservicio a los usuarios indicados, en caso de mora o falta de pago de hasta TRES (3) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2.020 y por un plazo de 180 días desde la publicación del Decreto individualizado, quedando comprendidos en la medida los usuarios con aviso de corte en curso.

Que el Poder Concedente del Servicio Eléctrico en la Provincia de Mendoza dictó el Decreto N°527/2020, por el cual adhiere al DECNU N° 311/2.020, e instruye al Ente Provincial Regulador Eléctrico de Mendoza (EPRE) a adoptar las medidas conducentes a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto del PEN citado, con las particularidades vigentes en la Provincia de Mendoza, en cuanto a prestación del servicio eléctrico se refiere.

Que en este contexto se dictó la Resolución EPRE N° 45/2020 y la Disposición Conjunta GTR-GTE, a efectos de su instrumentación.

Que posteriormente se publica para fecha 19 de Junio de 2020 el DECNU N° 543/2020 por el cual se modifica el DECNU N° 311/2020, sustituyéndose el primer párrafo del artículo 1°, ampliando la cantidad de facturas que pueden acceder a lo dispuesto en el Decreto 311/20.

Que en ese marco el EPRE dictó la Resolución N° 81/2020, adoptando las modificaciones citadas, estableciendo que :“Las distribuidoras eléctricas provinciales, no podrán disponer la suspensión o corte del servicio a los suministros de los usuarios enumerados en el siguiente artículo, en caso de mora o falta de pago de hasta tres (3) facturas consecutivas o alternadas, en el caso de facturación bimestral, y de hasta seis (6) facturas consecutivas o alternadas, en el caso de facturación mensual, con vencimiento a...

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